Este viernes 30 de agosto, el Poder Ejecutivo debe presentar al Congreso Nacional el proyecto de Presupuesto General de la Nación. Aunque el plazo máximo para la entrega es el 1 de septiembre, este año esa fecha cae en sábado, por lo que la presentación se adelantará.
En este punto cabe explicar que el artículo 216 de la Constitución Nacional establece que el proyecto de Ley del Presupuesto General de la Nación será presentado anualmente por el Poder Ejecutivo, a más tardar el primero de septiembre, y su consideración por el Congreso tendrá prioridad absoluta.
Además, en el Congreso Nacional se debe conformar la Comisión Bicameral de Presupuesto, la cual considera los trabajos e introduce las modificaciones que considere pertinente, concluyendo su trabajo y remitiendo su dictamen final a sus respectivas cámaras.
La citada Bicameral se conforma por resoluciones de cada cámara con igual número de parlamentarios. La mesa directiva está conformada por un presidente, (senador o diputado de acuerdo a la alternancia de cada año), un vicepresidente y dos relatores.
ASIGNACIÓN EFICIENTE DE LOS RECURSOS
Oscar Lovera, viceministro de Administración y Finanzas aseguró en un video en donde también informó sobre su gestión, que el proyecto del PGN 2025 debe reflejar la asignación eficiente de los recursos públicos para poder llegar a la ciudadanía con los bienes y servicios que requieren para poder mejorar su calidad de vida.
El viceministro resaltó que en eso están abocados desde el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a la administración de los recursos públicos para que estos puedan llegar realmente al ciudadano que es el beneficiario último de las políticas públicas.
Es importante señalar que desde el MEF no han brindado mayores detalles respecto al PNG, pero según el plan de convergencia fiscal, el próximo año el déficit fiscal se ubicará en 1,9% del Producto Interno Bruto (PIB).
Cabe mencionar que el Presupuesto General de la Nación es el instrumento mediante el cual el Gobierno establece el plan de gastos para un año determinado para cada entidad pública, tanto de la Administración Central como de Entidades Descentralizadas, así como también los ingresos previstos, para el cumplimiento de los programas de desarrollo económico y social.