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15 de abril de 2024

Alcance y ventajas del registro electrónico de comprobantes ante la SET

La Administración Tributaria reglamentó la Resolución 90/2021 y a partir de julio, 13.800 contribuyentes del IVA, IRP-RSP e IRE Simple deberán registrar la información de sus comprobantes de ingresos y egresos en el sistema Marangatu. En este artículo te explicamos cuáles son las implicancias de este nuevo sistema.

La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) realizó un webinar en el que brindó detalles respecto a la Resolución General N° 90/21 sobre el registro de comprobantes a través del sistema Marangatu. 

La charla estuvo a cargo de técnicos de la institución y el viceministro Oscar Orué, quien enfatizó que la citada norma no es de carácter retroactivo debido a que el año fiscal aún no ha culminado. 

En la capacitación virtual, el subsecretario explicó que en esta primera etapa 13.800 son los sujetos obligados que deberán, a partir de julio de este año, registrar la información en el Marangatu y son los que abonan el Impuesto al Valor Agregado (IVA), independientemente del impuesto a la renta al cual se encuentren afectados. 

Así también, el trámite llega hasta los que están alcanzados por el Impuesto a la Renta Personal (IRP), rentas derivadas de la prestación de servicios personales, y los que pagan el Impuesto a la Renta Empresarial (Régimen Simplificado para Medianas Empresas – Simple).

Registro de comprobantes

Según explicaron los técnicos de la SET, el contribuyente deberá registrar en forma individualizada cada comprobante recibido y/o emitido, sea este nominado o innominado, según corresponda. 

Además, a opción del contribuyente, el registro podrá ser realizado, indistintamente, de manera individual (carga manual) o mediante la importación de archivos.

En este punto, aclararon que el sistema “Marangatu” aceptará únicamente el registro de los comprobantes que superen las validaciones relacionadas con el timbrado de documentos y a los datos del Registro Único de Contribuyentes (RUC).

Además, añadieron que si el contribuyente cuenta con comprobantes electrónicos y virtuales, a través de la opción disponible en el citado sistema, podrá obtener el detalle de esos documentos a efectos de su registro.

No obstante, enfatizaron que en todos los casos, el contribuyente deberá indicar el impuesto o los impuestos a los cuales imputará cada comprobante de acuerdo con las obligaciones que posea en el RUC, así como también desafectar aquellos comprobantes electrónicos o virtuales que no correspondan su utilización, de conformidad con las normas que rigen para los impuestos a los cuales se encuentre sujeto.

Almacenamiento de la información 

Con este nuevo sistema, la Administración Tributaria almacenará en la base de datos del Marangatu la información registrada y confirmada de los comprobantes, por lo que ya no será obligatoria la conservación impresa o física de los libros de ventas y compras, y/o de ingresos y egresos, como archivo tributario.

No obstante, el contribuyente deberá conservar por el plazo de prescripción del impuesto todos los comprobantes que respalden lo informado, pero la SET pondrá a disposición de los mismos en el sistema una opción donde podrán consultar los comprobantes registrados, así como la información de comprobantes que hayan sido emitidos a su nombre.

Registro de comprobantes anteriores

Durante el Webinar,  el viceministro realizó un recuento de los registros de comprobantes que se ha tenido en estos últimos años y recordó que hasta el 2019 se utilizaban tres sistemas de cargas: el Aranduka para el IRP, el Marangatu para los libros del IRPC, y el Hechauka para los contribuyentes designados para registrar sus compras y ventas

Luego, en el 2020 se empezó a utilizar la planilla electrónica y se continuó con el Hechauka para determinados contribuyentes. Orué reiteró que en este 2021, mediante la Resolución 90, se han designado a 13.800 contribuyentes para que carguen sus comprobantes o migren sus libros al sistema Marangatu.

Aseguró que la intención es que en el 2022 todos los contribuyentes ya carguen 100% de los libros en el sistema Marangatu, esto permitirá a la SET realizar cruzamiento de datos y se evitará la evasión de impuestos. 

Ventajas del nuevo mecanismo de registro

El alto funcionario dijo también que el nuevo mecanismo de registro de comprobantes traerá innumerables ventajas  tales como: 

1. Simplificación y estandarización: Se contará con un único mecanismo de registro de los distintos comprobantes, generados por los contribuyentes, con almacenamiento en el Marangatu. Se importará a este mismo «almacenamiento» la información tributaria de los comprobantes electrónicos y virtuales.

2. Menos tiempo en la gestión: Se invertirá menor tiempo en la gestión de trámites y se evitará un doble trabajo a los contribuyentes y contadores, pues podrán indicar a qué impuesto imputará cada comprobante registrado, evitando que una misma información se deba repetir en varios libros. 

3. Ahorro: Se reducirán los costos de impresión y guarda de libros para el contribuyente, pues la información registrada se almacenará en el SGTM.

4. Transparencia: Se disponibilizará, a los contribuyentes, la información entregada por terceros (compras y ventas) en los cuales están registrados, respetando el principio de transparencia de información.

5. Control: Facilitará el control, los cruces de información e investigaciones, por parte de la Administración Tributaria.

Resolución 90 no es retroactiva 

El subsecretario respondió a las críticas de algunos gremios -que aseguraron que la Resolución reglamentada por la SET es inconstitucional por aplicar normas retroactivas- y afirmó que tal situación no existe ya que el año fiscal del 2021 recién culminará el próximo año. 

“Bajo ninguna circunstancia estamos hablando de una obligación retroactiva porque la obligación ya existía en el sentido de contar con libros contables tanto de ingresos como de gastos”, reiteró. 

Además, resaltó que con la normativa lo que se busca es simplificar el trabajo del contador, ya que habrá un solo sistema en el cual se van cargar los datos. Así también, afirmó que los profesionales y contribuyentes podrán seguir cargando sus datos en las planillas de Excel y después importar al sistema Marangatu. 

Orué añadió que con la disposición también se busca la transparencia y que se contará con datos reales sobre ingresos y gastos; especialmente sobre gastos, a través de los cálculos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que hasta el momento no se tiene. 

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