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19 de abril de 2024

Estas son las obligaciones tributarias que deben ser cumplidas en enero

La SET compartió su calendario de obligaciones para los contribuyentes recordando a los mismos sobre los impuestos que deben ser abonados este mes. Por otro lado, desde la Municipalidad de Asunción comunicaron de un descuento por el pago a tiempo de los tributos.

Muchos son los que aprovechan el primer mes del año para ponerse al día con sus obligaciones tributarias, y debido a esto desde la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) recuerdan a los contribuyentes el calendario de vencimientos de pago de los impuestos, correspondiente a enero de 2023.

En los casos del Impuesto al Valor Agregado (IVA)–General, Impuesto Selectivo al Consumo (ISC)–General, Impuesto a la Renta Empresarial (IRE) (Presunto y Especial), Anticipo IRE General, Impuesto de Zona Franca y el Tributo Único Maquila se rigen por el Calendario Perpetuo.

Hasta el viernes 6 de enero es la fecha para la confirmación de liquidación tanto para las retenciones del IVA como de los Impuestos a las Rentas (periodo fiscal diciembre 2022), y el plazo para el pago es el 7 de enero, en ambos casos. Asimismo, el plazo para la confirmación de liquidación de retenciones del Impuesto a los Dividendos y a las Utilidades (IDU) es hasta el 12 de enero, mientras que el plazo para el pago es el 13 de enero (periodo fiscal diciembre 2022).

El 15 de enero es el plazo para el pago de la Declaración Jurada mensual y pago del Impuesto a la Renta de No Residentes (INR) (aplica solo para aquellos proveedores de servicios digitales no residentes que cuenten o no con representación o Poder en el país) Resolución General N° 114/2022. El informe sobre productos derivados del tabaco se debe presentar el 25 de este mes.

La Administración Tributaria aclara que, en los casos en que el vencimiento conforme a las fechas fijas de cada mes correspondiere a un día inhábil, dicho vencimiento se trasladará al primer día hábil siguiente, sin que ello implique el diferimiento de los demás vencimientos.

Para la presentación del IRP cabe recordar que todos los gastos e inversiones directamente relacionados con la actividad gravada se pueden deducir, siempre que represente una erogación real, estén debidamente documentados y a precios de mercado.

Cuando se trate de personas físicas también serán deducibles todos los gastos e inversiones personales y de familiares a su cargo en que haya incurrido el contribuyente. Se pueden incluir todos aquellos destinados a la manutención, educación, salud, vestimenta, vivienda y esparcimiento propio o de los familiares a su cargo.

Por otro lado, el contribuyente del IRE deberá presentar la Declaración Jurada informando sus ingresos brutos devengados en el ejercicio fiscal anterior, para lo cual deberá ingresar al Sistema Marangatú utilizando su clave de acceso Confidencial de usuario. De acuerdo con el monto de ingresos brutos anuales declarados, se imputará en la cuenta corriente tributaria del contribuyente las cuotas de impuesto a pagar en el ejercicio fiscal.

En el caso del IDU, son contribuyentes de este impuesto las personas fisicas, las personas jurídicas,las Estructuras Jurídicas Transparentes (EJT) y demás entidades residentes en el Paraguay o no,que perciban dividendos, utilidades o rendimientos, cuando sean dueños, consorciados, socios o accionistas de las entidades generadoras. El impuesto se paga a través de la vía de la retención cuyo comprobante se emite a través del Sistema Marangatu por parte de los Agentes de Retención.

Para el ISC la obligación tributaria nace con la entrega de los bienes, debiendo estar acompañados en todos los casos del comprobante de venta correspondiente. Para productos nacionales, la base imponible es el precio de venta en fábrica, el cual estará constituido por el monto consignado en el comprobante de venta en el momento de la enajenación en la puerta de la fábrica, excluido el propio Impuesto y el IVA.

Los pagos se podrán realizar en cualquier boca de cobranza habilitada por la SET. También se podrán realizar los pagos a través del Pago Electrónico de Impuestos o de tarjetas de crédito o débito.

Finalmente, en el caso del contribuyente del IVA que realice operaciones gravadas y
exoneradas (incluidas las exportaciones), deberá utilizar para la liquidación del Impuesto, el Formulario N° 120 “Impuesto al Valor Agregado – Versión 4” con código de
obligación 211. El referido formulario debe ser presentado mensualmente, de acuerdo con las fechas de vencimiento establecidas en el Calendario Perpetuo de Vencimiento.

Descuento del 7% en la Municipalidad de Asunción

La comuna de Asunción informó que durante todo el mes de enero de este año rige un descuento del 7%, por pago puntual y al contado, de los impuestos y tasas municipales, correspondientes al ejercicio fiscal 2023. Cabe destacar que la Ordenanza General de Tributos establece este beneficio de descuento por pago al contado, como un incentivo para el contribuyente que paga en tiempo y forma sus tributos.

Esto es distinto a lo que se ofrece en otros meses del año, donde los beneficios se aplican sobre moras y multas. Además, el contribuyente que está al día con su patente de rodado de la capital, se beneficia con un porcentual más, es decir que tendrá un 8% de descuento hasta fin de mes, en el pago al contado de sus impuestos y tasas.

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