A finales de septiembre del 2016 la Ley de Fomento de la Cultura Emprendedora fue promulgada por el Poder Ejecutivo, una normativa que en sus artículos 19 y 20 estableció la creación del Fondo de Capital Semilla y Fondo de Ángeles Inversores. Sin embargo, no fue hasta finales de diciembre del año pasado que fue activado por primera vez.
El viceministro de Mipymes, Gustavo Giménez, en el marco del VC & Startup Summit Paraguay, comentó que el primer fondo recibido específicamente para capital semilla fue por parte de Arabia Saudita por valor de USD 5 millones. “Logramos un financiamiento no reembolsable”, precisó.
Una nueva cooperación de USD 10 millones se dió este año con la Embajada de Taiwán, en el marco del programa Fomipymes que busca facilitar el acceso a nuevas tecnologías y contribuirá a mejorar su competitividad en el mercado nacional e internacional.
“El Presidente de la República (Santiago Peña) dio la instrucción de que podamos activar y cargar los recursos. Recientemente autorizó sumar otros USD 20 millones que tenemos de recursos de la época de pandemia, esto va a dar un ecosistema de dinero importante”, refirió Giménez.
De esta manera el Fondo de Capital Semilla ya cuenta con un total de USD 35 millones que, según refirió el viceministro, apuntará a las mipymes tradicionales como también a aquellos emprendimientos de base tecnológica (startups).
“En los diferentes países que recorrí se ofrecen varios fondos a Paraguay, pero lo que me di cuenta es que nos faltan proyectos y la estructura que propicie la generación de emprendimientos, que es lo que queremos construir desde el Ministerio de Industria y Comercio”, precisó.
En ese aspecto, también resaltó la expansión de las incubadoras y centros de apoyo a los emprendedores impulsados por el gobierno. “A través de esto podemos identificar y propiciar que los emprendedores tengan una asistencia y un acompañamiento hasta que lleguen en manos de las aceleradoras”, expresó.
¿Qué dice la ley de fomento sobre las fuentes de financiamiento?
Artículo 19. Creación del Fondo de Capital Semilla: El Ministerio de Industria y Comercio (MIC), a través del Viceministerio de Micro, Pequeña y Medianas Empresas (Mipymes), establecerá la creación de fondos fiduciarios de capital semilla y fondos de capital de riesgo cuyas aportaciones podrán ser públicas, privadas o público – privadas.
Artículo 20. Creación del Fondo de Ángeles Inversores: El Ministerio de Industria y Comercio (MIC), a través del Viceministerio de Mipymes, establecerá la creación de fondos fiduciarios para ángeles inversores para las fases de siembra, consolidación e internacionalización de los emprendimientos.
Se considera “ángel inversor” al inversor individual que a título privado, aporta capital, conocimientos técnicos, red de contactos personales a emprendedores que quieren poner en marcha un proyecto empresarial (capital semilla), empresas que se encuentran en el inicio de su actividad (capital de inicio) y empresas que deba afrontar una fase de crecimiento.
Artículo 21. Creación de Redes de Inversión: El Ministerio de Industria y Comercio (MIC), a través del Viceministerio de Mipymes, promoverá la creación de redes de inversionistas y de inversionistas ángeles, mediante el aporte del apoyo logístico y técnico para su estructuración, integración, capacitación y funcionamiento inicial, con la finalidad de que se hagan auto sostenibles.