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29 de marzo de 2024

El Gobierno de Colombia prohíbe la exportación e importación de asbesto

Bogotá, 17 abr (EFE).- El presidente de Colombia, Iván Duque, firmó este sábado un decreto que prohíbe la importación y exportación de asbesto, un mineral cuyo uso en el país está vetado desde el primero de enero pasado.

“Con @MincomercioCo expedimos el Decreto 402, el cual desarrolla la Ley 1968 de 2019, y en el que se establecen disposiciones relacionadas con prohibición de importación y exportación de asbesto, a fin de proteger la vida y salud de trabajadores y los colombianos en general”, dijo el presidente Iván Duque en Twitter.

El decreto también prohíbe en Colombia todos los productos elaborados en el territorio nacional con este material y busca, al igual que la ley que veta su uso, rendir homenaje a Ana Cecilia Niño, una abanderada de la lucha contra el uso de este mineral y que falleció por un cáncer en enero de 2017 a los 42 años.

Duque recordó que “la Ley 1968 o Ley Ana Cecilia Niño, en homenaje a esta luchadora contra el uso del asbesto, prohíbe producción y utilización de estos productos, por lo que desde el primero de enero de 2021 no se pueden instalar y utilizar, a pesar de que se hayan importado antes de la vigencia”.

El asbesto es un mineral fibroso utilizado principalmente en la fabricación de tejas, baldosas, papel, en los frenos de los vehículos, materias textiles termorresistentes, envases, paquetería, revestimientos y pinturas, entre otros.

La exposición a este material aumenta las posibilidades de sufrir cáncer de pulmón, hígado, laringe, así como gastrointestinal y sus efectos pueden perdurar en el cuerpo entre 20 y 30 años.

ALCANCE DEL DECRETO

El decreto firmado por Duque aplica a todas las personas, tanto naturales como jurídicas, que realicen actividades de importación o exportación de cualquier variedad de asbesto y de los productos con este elaborados.

Las autoridades administrativas y de control se encargarán de «actuar dentro del ámbito de sus competencias para controlar y coadyuvar a que las actividades prohibidas relacionadas con cualquier variedad de asbesto y de los productos con él elaborados no ocurran en el territorio nacional», agregó la Presidencia en un comunicado.

Igualmente señala que el asbesto y los objetos hechos con este mineral que hayan sido importados e instalados antes del 1 de enero de 2021 «serán objeto de la política pública de sustitución a que se refiere la Ley 1968 de 2019».

«A partir de esa fecha no podrán instalarse y utilizarse dichos materiales aun cuando hayan sido importados, embarcados e ingresados a zona franca con anterioridad a la entrada en vigencia del presente Decreto», detalló la información.