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29 de marzo de 2024

BCP dispone flexibilizaciones financieras para el agro, ante la sequía

En el contexto de pérdidas que se avizoran para la producción de granos, el Banco Central aprobó un paquete de medidas financieras para mitigar el efecto negativo de la sequía. Se trata de la posibilidad de renegociar deudas y plazos con los bancos.

En el contexto de sequía que afecta al sector agrícola en nuestro país y la incertidumbre económica que se genera en consecuencia, por la importancia de este segmento, el Banco Central del Paraguay (BCP) anunció nuevas medidas de flexibilización financiera. Esta disposición contempla la posibilidad de refinanciar y renegociar créditos en el sistema bancario, sin caer en mora. 

Las medidas tendrán vigencia hasta el 30 de septiembre del 2022 y forman parte del paquete de apoyo de orden financiero y crediticio anunciado esta semana por el Poder Ejecutivo para mitigar el impacto de la situación climática en el sector. 

Las flexibilizaciones financieras fueron aprobadas mediante la resolución No. 14, acta 1 del directorio de la banca matriz, de fecha 06 de enero del 2022, “Medidas transitorias de apoyo al sector productivo”.

Entre otras cosas, se permitirá la interrupción del cómputo del plazo de la mora en la formalización de las renovaciones, refinanciaciones o reestructuraciones del capital, incluyendo los intereses devengados y otros cargos hasta la fecha del nuevo acuerdo o contrato de aquellos préstamos otorgados por entidades del sistema financiero.

Se aclara que esta interrupción de plazos será concedida solamente a los productores agropecuarios pequeños, medianos y grandes que sufrieron pérdidas comprobables derivadas de efectos adversos de la naturaleza, lo que deberán demostrar fehacientemente. Con ello se evitará el deterioro de la categoría de riesgo del cliente, permitiendo que se mantenga su calidad de sujeto de crédito.

Además, las operaciones de plazos superiores a dos años que requieran de renegociaciones parciales no tendrán la obligación de cancelar la totalidad de la operación; los afectados podrán renovar, refinanciar o reestructurar solo aquellas operaciones en las que lo requieran, aplicando las garantías originalmente constituidas al nuevo acuerdo.

“Con el propósito de mitigar el impacto de las previsiones necesarias sobre el saldo de la cartera beneficiada con estas medidas transitorias y dosificar la afectación a las entidades del sistema financiero, se permitirá diferir estos cargos por previsiones y reconocerlos de manera gradual en ejercicios posteriores”, se explicó desde la banca matriz sobre las medidas adoptadas. 

Además, las entidades financieras podrán dejar de considerar las pérdidas comprobables que se deriven de los efectos climáticos (sequía) como debilidades transitorias o como dudas razonables, lo que contribuirá a preservar la categoría de riesgo de los deudores.

Incluso, en términos generales, la resolución establece que, a los efectos de la clasificación del deudor, los saldos de créditos beneficiados por esta disposición normativa no sean ponderados con las demás operaciones de crédito de la misma o distinta naturaleza que hayan sido otorgadas al cliente y no se hayan beneficiado con estas medidas transitorias.