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18 de abril de 2024

Diputados aprueba fondo para pacientes con COVID-19 y exoneración de pago de intereses del IRP

La Cámara Baja sancionó ayer la ley que dispone fondos para tratamiento y medicación de pacientes con coronavirus, y aprobó un proyecto que amplía cláusulas de confidencialidad sujetas a compra de vacunas. También envió al Ejecutivo la iniciativa que exonera el pago de intereses del IRP y el Senado trata hoy otras normativas de respuesta a la pandemia.

La Cámara de Diputados aprobó y sancionó ayer varios proyectos de ley con miras al combate del Coronavirus. 

Por un lado, remitió al Poder Ejecutivo una iniciativa que aprueba fondos para tratamiento y medicación de pacientes con COVID-19 y, por otra parte, dio media sanción a un documento que amplía cláusulas de confidencialidad sujetas a compra de vacunas contra el COVID-19

La primera iniciativa es la creación de un fondo nacional para la cobertura de gastos durante la hospitalización en unidades de cuidados intensivos, de personas con COVID-19, en los sectores públicos, privados y previsionales; y la adquisición de medicamentos esenciales para el tratamiento de todos los pacientes con coronavirus.

Según el documento legislativo, con el citado  fondo se podrá aumentar el contrato de camas de terapia intensiva del sector privado, de 90 a 120 unidades, con lo que se dará un poco de alivio a la desesperación de los ciudadanos que padecen la enfermedad.

El fondo estará financiado con recursos de hasta 90.000 salarios mínimos, que serán utilizados de saldos no ejecutados de la Ley de Emergencia Sanitaria. Igualmente, esta iniciativa autoriza al Poder Ejecutivo a utilizar los fondos socio-ambientales de entidades binacionales.

Durante el tratamiento del documento, los legisladores coincidieron en que la situación de emergencia sanitaria requiere de un rápido tratamiento de iniciativas como la sancionada.  

Cláusulas de confidencialidad

Por otra parte, la Cámara Baja dio media sanción al proyecto de ley “Que modifica los artículos 2º, 3º, 4º y 5º de la Ley Nº 6707/202, Que declara bien público la investigación, desarrollo, fabricación y adquisición para la distribución gratuita a la población de las vacunas contra el covid-19”, y de esta manera amplió las cláusulas de confidencialidad que están sujetas a las compras de vacunas.

En el Art. 2° se faculta al Ministerio de Salud a exceptuar la aplicación de las disposiciones de los artículos de la Ley N.˚ 1.183/1985 “Código Civil”, y de esta manera aceptar cláusulas que contemplen renuncia de la inmunidad soberana del Estado Paraguayo, en los contratos de adquisición de vacunas contra el COVID-19 celebrados con entidades que tengan sede en el exterior.

Esta disposición, dice el texto aprobado, se extenderá a los contratos de transporte y/o de logística, para la adquisición y envío de tales vacunas al Paraguay.

En el Art. 3º, se testa la frase “con excepción de aquellas originadas en maniobras fraudulentas, conductas maliciosas o negligentes”. Este artículo habla de cláusulas que establecen condiciones de indemnidad patrimonial respecto de indemnizaciones y otras reclamaciones pecuniarias relacionadas con y en favor de quienes participen de la investigación, desarrollo, fabricación, provisión y suministro de las vacunas.

En el Art. 4° se establece que la información que derive de los contratos se constituirán en información pública reservada en los términos del artículo 22 de la Ley Nº 5.282/2014, De libre acceso ciudadano a la información pública y transparencia gubernamental.

“El Poder Ejecutivo podrá reservarse la facultad de restringir la información sobre tales contratos o acuerdos a cualquier otro organismo o entidad del Estado, y determinar el tipo de información a ser brindada a la ciudadanía, según lo permitan las cláusulas o acuerdos de confidencialidad que se hayan suscrito”, dice parte del documento.

Agrega que las obligaciones derivadas de las cláusulas o acuerdos de confidencialidad se extenderán a todos los organismos y entidades del Estado y funcionarios públicos que tengan cualquier tipo de intervención en las negociaciones, suscripción, ejecución, control u otra actuación con relación a los contratos involucrados.

Esta iniciativa será analizada este jueves por la Cámara Alta y, de aprobarse, también será remitida al Poder Ejecutivo para su promulgación o veto. 

Intereses por pago del IRP

Por otro lado, la Cámara de Diputados sancionó un proyecto de Ley que busca exonerar el pago de intereses por el fraccionamiento del Impuesto a la Renta Personal (IRP).

La propuesta pretende exonerar del pago de intereses por el fraccionamiento del citado impuesto, a los contribuyentes cuyas rentas netas no superen los G. 50 millones.

El proyecto fue remitido al Poder Ejecutivo para su promulgación o veto. En este punto es importante mencionar que los vencimientos del IRP ya se dieron en el mes de marzo y según la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), la mayor parte de los contribuyentes optaron por pagar al contado sus compromisos.

Fondos de las binacionales

La Cámara de Senadores también analizará este jueves una iniciativa que plantea destinar recursos en concepto de responsabilidad social-empresarial correspondientes al lado paraguayo de Itaipú y Yacyretá a la compra de insumos médicos, materiales de bioseguridad para el personal de blanco e infraestructura hospitalaria.

Un proyecto similar ya había sido analizado en la Cámara Baja pero no reunió los votos suficientes, por lo que la iniciativa fue archivada. Además, tras esto, el presidente de la República, Mario Abdo Benítez, suspendió la licitación de un puente con Brasil para destinar a salud los recursos que previstos para la citada obra. 

Otro punto a ser tratado hoy en sesión extraordinaria de la la Cámara Alta consiste en el cambio de articulados en legislaciones que permitan la firma de contrato con empresas proveedoras de vacunas anti COVID.