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15 de abril de 2024

PGN 2023: Ejecutivo pone en vigencia el plan financiero y los mayores gastos se darán entre febrero y abril

Los desembolsos en estos meses llegarían hasta G. 3 billones en lo que respecta a financiamiento con impuestos; por G. 2 billones, en crédito público; y hasta G. 8 billones, en recursos institucionales.

Además, en el documento se estipula que la programación del gasto corriente primario de la Administración Central, entre los meses de enero y julio, no será mayor al 60% del presupuesto aprobado.

El Poder Ejecutivo emitió el Decreto N° 8877/2023, mediante el cual puso en vigencia el Plan Financiero correspondiente al presente año, y estableció las normas y procedimientos para la ejecución del Presupuesto General de la Nación-PGN 2023.

Según confirmó el Ministerio de Hacienda, el Plan Financiero 2023 mantiene la cobertura de asignación financiera de la Ley de Presupuesto General de la Nación-Ley 6873, en lo que refiere a recursos del tesoro (FF10) “Recursos del Tesoro”. 

En cuanto a la FF 30 “Recursos Institucionales”, se contemplan ajustes en las Coparticipaciones, específicamente con recursos provenientes de Impuesto Selectivo al Consumo ISC–TABACO, el Fondo para la Excelencia de la Educación y la Investigación (FEEI) e Impuesto Inmobiliario. Y en relación con la FF20 “Recursos del Crédito Público”, estos serán asignados conforme a los desembolsos previstos en los PBL  (Presupuesto Base de Licitación) respectivos.

El Plan Financiero mensual del Presupuesto Público servirá de referencia para la ejecución de los distintos programas de los Organismos y Entidades del Estado (OEE). Contiene la información cuantitativa de cada OEE y constituye una herramienta para analizar la viabilidad económica y financiera de los programas presupuestarios.

La cartera fiscal explicó que, para la ejecución del Presupuesto del ejercicio fiscal 2023, los Planes Financieros Institucionales (PFI) aprobados por el mencionado Decreto servirán de marco de referencia para la programación de caja y la asignación de cuotas de la Tesorería General y Tesorerías Institucionales de los OEE (Organismos y Entidades del Estado).

Programación por Fuente de Financiamiento

Por otra parte, con respecto a la programación por Fuente de Financiamiento (FF), desde Hacienda adelantan que con los Recursos del Tesoro el mayor requerimiento para la Tesorería se presenta entre los meses de febrero y marzo, por un monto aproximado de G. 3 billones.

En lo que hace a los Recursos del Crédito Público (FF20), se prevé que el mayor requerimiento se dé entre los meses de febrero y marzo, por montos de G. 2 billones y 1 billón; mientras que para Recursos Institucionales, entre los meses de febrero a abril, por montos de G. 8 billones y 6 billones.

“Cabe mencionar que la programación a nivel PGN 2023, con todas las Fuentes de Financiamiento, si bien se presenta el mayor porcentaje en el mes de febrero, se mantiene la distribución entre el 12%, 10% y 9% durante el primer semestre del ejercicio fiscal 2023, de manera a que estas programaciones se encuentren ajustadas a lo dispuesto por el artículo 9 de la Ley N° 5098/2013 “De Responsabilidad Fiscal”, asegura la cartera fiscal, en su comunicado. 

Además, en el decreto se estipula que la programación del gasto corriente primario de la Administración Central, entre los meses de enero a julio, no será mayor al 60% del presupuesto aprobado para el Ejercicio Fiscal 2023, excluyéndose al Poder Judicial de esta restricción.

Además, resalta que el Ministerio de Hacienda, como ente rector en materia presupuestaria y financiera, orientará a los OEE en el proceso de ejecución presupuestaria y para el efecto podrá establecer porcentajes de migración mensual de saldos, a partir del mes de marzo, con la Fuente de Financiamiento 10 Recursos del Tesoro, Organismo Financiador 001 “Genuino”, en función a la recaudación efectiva.

Es importante recordar que el Plan de Gastos del PGN 2023 asciende a un total de G. 105,3 billones (alrededor de USD 14.844 millones), y establece que el déficit fiscal se ubique en 2,3% del Producto Interno Bruto (PIB), encima aún del tope de 1,5% del Producto establecido por Ley.

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