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28 de marzo de 2024

Senadores plantean suspender el IVA a servicios digitales y sancionan a farmacias que no expiden comprobantes

Proyectistas señalan que la falta de una reglamentación clara y precisa ha generado más dudas que certezas al momento de la liquidación y pago del IVA a los servicios digitales, por lo que proponen que se suspenda por doce meses del cobro del tributo mencionado.

Por otra parte, la SET procedió al cierre temporal de dos farmacias ubicadas en la ciudad de Itauguá, por constatar la no expedición de comprobantes de venta.

En la Cámara de Senadores fue presentado un proyecto de Ley que busca suspender por doce meses el cobro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los servicios digitales. 

Los proyectistas argumentan que con el citado tributo se pone a los contribuyentes a merced de la burocracia estatal y que incluso algunos terminan pagando el doble por una confusa e incorrecta aplicación. 

La citada iniciativa fue presentada por los senadores de Patria Querida Stephan Rasmussen, Fidel Zavala y Georgia Arrúa, y ya será analizada la próxima semana  por el pleno de la Cámara Alta. 

“Ante el abuso e ilegal cobro de IVA a servicios digitales a través de las tarjetas de crédito, violando la intimidad del ciudadano y cobrando gastos fuera de la ley, presentamos un Proyecto de Ley para suspender dichos cobros”, indicó Rasmussen en su cuenta de Twitter. 

Iniciativa

La propuesta legislativa pretende suspender temporalmente el IVA que grava aquellos servicios que se ponen a disposición del usuario a través de internet o de cualquier adaptación o aplicación de protocolos, plataformas o de la tecnología utilizada por internet o cualquier otra red.

El documento dice que la falta de una reglamentación clara y precisa por parte del Ejecutivo de los artículos que se encuentran en la Ley N° 6.380 “De Modernización Tributaria”, que hacen referencia al IVA aplicado a los servicios digitales, y la dificultad práctica en la interpretación de las resoluciones generales de la Administración Tributaria, han generado más dudas que certezas al momento de la liquidación y pago del tributo mencionado. 

“Esta confusión producida por un texto normativo reglamentario complejo y discordante, en la práctica, ha dado lugar a casos de doble tributación, es decir, el cobro del mismo impuesto dos veces por el mismo hecho imponible”, añade el documento legislativo. 

Agrega además que los cobros realizados fuera de la ley, generaron un perjuicio económico injusto en los contribuyentes, como consecuencia de la incorrecta aplicación del IVA a los servicios digitales y que, en su contexto, han afectado inclusive al objetivo mismo de su existencia. 

“La mencionada situación debe ser corregida y no pueden mantenerse, más aún en las circunstancias sanitarias actuales en que los servicios digitales son ampliamente utilizados por la población en general”, finalizan los proyectistas. 

Cabe recordar que el IVA a los servicios digitales entró a regir a partir de este año y los agentes de retención como los bancos, telefonías, cooperativas, realizan la retención del  10% del IVA a los usuarios de las plataformas digitales como Netflix, HBO go, Spotify, Amazon Prime, Deezer, entre otros.

SET suspende actividades de farmacias  

Por otra parte, la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), en prosecución de los controles a las farmacias, suspendió por tres días las actividades de dos locales del rubro, instalados en la ciudad de Itauguá. Esto, debido a que mediante el procedimiento de compra simulada se constató que no expiden comprobantes de venta.

Por no expedir comprobantes de venta, la SET procedió al cierre de dos farmacias ubicadas en la ciudad de Itauguá. Foto: Gentileza Ministerio de Hacienda.

El procedimiento de “compra simulada” consiste en que un funcionario del Departamento Jeroviaha ingresa al local comercial haciéndose pasar por un cliente, para así constatar si el comercio entrega o no comprobantes legales por sus ventas; en esta oportunidad, al corroborar que los locales indicados no los expedían, la SET solicitó la autorización judicial respectiva.

Durante la ejecución de la medida judicial, se inicia una fiscalización puntual a los efectos de determinar los montos adeudados en concepto de tributos por los contribuyentes intervenidos. En caso de detectarse impuestos pendientes que no han ingresado a las arcas del Estado, los mismos se exponen a la aplicación de multas sobre el monto del impuesto dejado de ingresar.

En contrapartida, aquellas farmacias que al momento de la compra simulada entregaron comprobante de venta, cumpliendo así con la obligación de expedir comprobantes legales, la Administración Tributaria procedió a la entrega de un reconocimiento. 

Desde la entidad recaudadora recuerdan que las intervenciones seguirán ejecutándose en todo el territorio nacional, y a fin de evitar la aplicación de sanciones insta a todos los contribuyentes al cumplimiento de las obligaciones tributarias.

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