Con el objetivo de alivianar la carga de los contribuyentes afectados y con ello evitar la generación de incumplimientos, la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) emitió la Resolución General N° 29/2025, por la cual dispuso la prórroga excepcional del plazo para la presentación de los Estados Financieros.
“He firmado la Resolución N° 29 en la cual dispuse de manera excepcional la prórroga del plazo para la presentación de los Estados Financieros de los contribuyentes del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE) a junio de 2025 conforme a la solicitud del gremio de contadores”, escribió en sus redes sociales Óscar Orué, titular de la DNIT.
La normativa establece que los contribuyentes del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE), régimen general con ejercicio fiscal cerrado al 31 de diciembre de 2024, podrán presentar sus informes hasta el mes de junio del 2025, conforme al Calendario de Vencimientos de Declaraciones Juradas Informativas.
Noticia relacionada: Más de 213.000 contribuyentes del Impuesto a la Renta Empresarial deben liquidar su obligación tributaria en abril
Por otro lado, los plazos para la presentación de los Estados Financieros para aquellos contribuyentes del IRE con fecha de cierre en los meses de abril y junio de 2025, se mantendrán invariables.
Quienes deseen consultar la Resolución General N° 29/2025 pueden hacerlo ingresando a la página web www.dnit.gov.py sección Normativas / Resoluciones / 2025.