Mañana miércoles 15 de junio, vence el plazo para el cumplimiento del proceso de reconducción de las Sociedades Anónimas (SA), para las terminaciones del Registro Único de Contribuyentes (RUC) 7, 8 y 9, recuerda la Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y Beneficiarios Finales (DGPEJBF) del Ministerio de Hacienda.
Cabe recordar que mediante el Decreto Nº 6583/22, de fecha 25 de enero de este año, se había establecido un calendario para el cumplimiento gradual del proceso de reconducción de sociedades anónimas, con el objeto de evitar la acumulación de trámites o cuestiones ajenas a las sociedades que puedan afectar a las mismas o al cumplimiento de dichos trámites.
De acuerdo a la normativa, a fin de optimizar la operatividad del sistema, se requiere en lo posible una gradualidad en el cumplimiento del trámite de reconducción de sociedades anónimas, con lo cual se estableció el siguiente calendario de vencimientos: 28 de febrero para las terminaciones del RUC 0, 1, 2 y 3; el 15 de abril para las terminaciones 4, 5 y 6; mientras que el 15 de junio corresponde a las terminaciones 7, 8 y 9.
La dependencia resalta que el plazo de seis meses establecidos en la Ley N° 6872/21 se mantiene inalterable. Deberá ser cumplido por las Sociedades Anónimas que se acojan al régimen especial de reconducción para cumplir con la obligación de canje de las acciones al portador a nominativas.
Última oportunidad
Fernando Benavente, abogado del Tesoro Público había explicado que esta normativa da una última oportunidad a aquellas sociedades que no cumplieron con su obligación de modificar sus estatutos y canjear sus acciones, y en caso de no hacerlo, tendrán que disolverse.
“Esa Ley es muy importante porque tiene una fecha de vencimiento y es a junio del presente año y la sociedades que no lleguen a cumplir o a utilizar esta Ley definitivamente ya no van a poder continuar operando en el Paraguay y esta es la última oportunidad que tienen”, afirmó.
El alto funcionario dijo que en esta oportunidad las sociedades que inicien el trámite ya deben abonar una multa ya que se les debe diferenciar de aquellas que sí cumplieron. “Esa Ley establece claramente una sanción previa que deben pagar para que puedan acogerse al beneficio de la reconducción”, había detallado a MarketData.