fbpx
25 °C Asunción, PY
21 de noviembre de 2024

Diputados evita que clubes de fútbol y tabacaleras sean sujetos obligados a reportar ante la Seprelad

Los legisladores sancionaron la modificación de la Ley N° 1.015/1997, aceptando que solo los prestadores de servicios activos virtuales sean incluidos como sujetos obligados de control, y excluyeron a clubes de fútbol y tabacaleras.

La Cámara Baja sancionó ayer el proyecto de Ley “Que modifica el artículo 13 de la Ley N° 1.015/1997 – Que previene y reprime los actos ilícitos destinados a la legitimación de dinero o bienes; y su modificatoria, Ley N° 3.783/2009”. La versión que avanzó fue la planteada por los diputados. 

Por un total de 47 votos, los legisladores de la Cámara Baja evitaron que los clubes de fútbol y las tabacaleras sean sujetos obligados de control por parte de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad).

Es importante mencionar que la versión del Senado buscaba incluir como sujetos obligados de la Ley 1.015/97 a los clubes deportivos y las actividades conexas, entendiéndose como todas aquellas referidas a la administración de los clubes; transferencias de jugadores; auspicios; entre otros.

La propuesta de la Cámara Alta también incluía derechos televisivos y todo lo que implique el desarrollo comercial que vincula a los clubes deportivos; e incorporaba a las empresas tabacaleras que, anualmente, mueven montos importantes en sus transacciones.

Durante el análisis del documento, el diputado Edgar Acosta (PLRA), de la Comisión de Cuentas y Control de Ejecución Presupuestaria, alabó esa versión del documento al indicar que promueve la transferencia, de modo a que el dinero que circule sea de origen lícito.

Sin embargo, la mayoría no apoyaba la versión del Senado y sancionaron el documento que solo acepta la inclusión de los prestadores de servicios activos virtuales, argumentado que se trata de una actividad en constante desarrollo.

Explicaciones de los legisladores

El legislador Derlis Maidana (ANR), vocero de la Comisión de Asuntos Constitucionales, sugirió el acompañamiento a la postura inicial de Diputados y explicó, con respecto a las modificaciones planteadas por los Senadores, sobre los clubes deportivos, que los mismos ya son sujeto obligado de control, conforme el inciso “L” del artículo 13 – Organizaciones sin fines de lucro (OSL) – de la normativa.

“Esto está respaldado por la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes; ya son considerados organizaciones sin fines de lucro; los clubes deportivos ya están supervisados por la Seprelad”, esgrimió.

Con respecto a las empresas tabacaleras, dijo que pasan por controles bancarios y financieros de sus movimientos de activos.

En el mismo sentido, el congresista Justo Zacarías Irún (ANR), vocero de la Comisión de Asuntos Económicos y Financieros, sostuvo que las modificaciones del Senado no tienen ninguna posibilidad de sustento técnico como para ser incorporadas.

Varios parlamentarios se sumaron a la tesis, siendo uno de ellos la legisladora Rocío Abed (ANR), quien agregó que no es el momento oportuno como para modificar un paquete de leyes como este.

Finalmente el documento fue sancionado y remitido al Poder Ejecutivo para su promulgación o veto. 

You cannot copy content of this page