Por: Víctor Sosa, Arturo Galeano y Giovanni Domínguez, Club de Economía.
En el mes de julio de este año se presentó la propuesta de ley que crea el «Ministerio de Minas, Energía e Hidrocarburos», con el objetivo de contar con una mayor regulación y coordinación en las políticas energéticas y de recursos naturales del país.
Según la iniciativa, el ministerio asumiría el rol de ente rector de las políticas relacionadas con los sectores energético, minero e hidrocarburífero. Cabe recordar que este proyecto de ley fue archivado en 2021 tras recibir duras críticas de diversos sectores económicos y sociales.
Entre las principales objeciones planteadas se encuentra la duda sobre su pertinencia en el contexto de la situación financiera actual del Estado. A continuación, se presenta un análisis detallado de esta propuesta legislativa.
Este análisis se enriquece mediante un enfoque exploratorio que incluye la evaluación de antecedentes y consultas a expertos en la materia de macroeconomía del Paraguay, sobre si es necesario en estas circunstancias un Ministerio dedicado a estos tres sectores de nuestra economía y si ya existen instituciones que cubran esas funciones, con el objetivo de determinar la viabilidad y necesidad de esta nueva estructura ministerial.
Con los primeros tres artículos de este proyecto de Ley, se puede exponer los argumentos que de cierta forma, justifiquen la creación de este nuevo Ministerio.
El Ministerio de Energía, Minas e Hidrocarburos, según el artículo 1 del proyecto de Ley, viene “en sustitución del Viceministerio de Energía y Minas del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones; y establecer su carta orgánica y funciones, así como los órganos que lo conforman”
En el artículo 2 de la iniciativa se estipula que “se constituye como rector del sector minero, energético e hidrocarburífero nacional y de la integración energética con las competencias y estructura establecidas en la ley, dirigidas a priorizar y jerarquizar la planificación, desarrollo e implementación de políticas energéticas, hidrocarburíferas y mineras.”
Será el encargado de elaborar, proponer, ejecutar y evaluar las políticas y disposiciones referentes a los sectores de la energía, de la minería y de los hidrocarburos, dentro de un contexto de desarrollo sustentable.
El artículo 3 establece que: “Son entes vinculados al Ministerio de Energía, Minas e Hidrocarburos:
– ANDE (Administración Nacional de Electricidad)
– Petropar (Petróleos Paraguayos )
– Infona (Instituto Forestal Nacional)
– Itaipú Binacional
– Entidad Binacional Yacyretá (EBY)
– INTN (Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología)
– COMIP (Comisión Mixta Argentino Paraguaya del Río Paraná)
– CONAPIEE y cualquier otra persona física o jurídica que se encuentre o ingrese al sistema energético nacional.
La estructura propuesta incluiría un gabinete de ministros, el Viceministerio de Energía, Viceministerio de Minería, Viceministerio de Hidrocarburos y Biocombustibles, una secretaría nacional y siete direcciones generales.
Entre estas se encuentran administración y finanzas, asesoría jurídica, auditoría interna, planificación, gestión socioambiental, control y monitoreo de la gestión, y defensa del consumidor, además de otras direcciones y dependencias que sean necesarias para cumplir con los objetivos del Ministerio.
El Viceministerio de Hidrocarburos tendrá también el papel de regulador de la política energética en cuanto a los combustibles, como lo establece el Artículo 17, punto uno, donde habla de que estaría a cargo el Viceministerio, donde expresa que se encargará de “Formular, evaluar, ejecutar y controlar el cumplimiento de la política energética de la República del Paraguay”, con el amparo de la Ley N° 3254/07 “Marco regulador del gas natural”.
Y finalmente, el proyecto de ley establece que “el Ministerio de Energía, Minas e Hidrocarburos será la autoridad de aplicación de exclusividad de las siguientes Leyes:
– Decreto N° 6092/16 “Por el Cual se aprueba la Política Energética de la República del Paraguay”
– Ley N° 779/95 que modifica la Ley N° 675 de Hidrocarburos de la República del Paraguay, por la cuál se establece el régimen legal para la prospección, exploración y explotación de petróleo y otros hidrocarburos”
– Ley N° 1948/02 “De transporte de gas por ductos”
– Ley N° 2748/05 “De fomento de biocombustibles”
– Ley N° 3009/06 “De la producción y transporte independiente de energía eléctrica (PTIEE)
– Ley 5669/2016 “De verificación y control de la calidad y seguridad de los productos y servicios en las instalaciones eléctricas y su decreto reglamentario;
– Ley N° 3180/07 “De Minería” y sus modificaciones
– Ley N° 3254/07 “Marco regulador del gas natural” y las demás leyes referentes al sector minero, energético, hidrocarburífero y biocombustibles”
La principal contraargumentación presente es referente al Presupuesto General de la Nación, el porcentaje de deuda pública referente al PIB y la sobrepoblación de funcionarios públicos presentes en el estado paraguayo.
En este punto, nace la preocupación de que esta entidad, correrá la misma suerte que otras instituciones del estado, que su papel es ser “fuente de trabajo” para cierto grupo de personas en vinculación al poder.
Ya se cuenta con el triste antecedente en el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), donde los docentes denuncian que “hurreros” ocupan puestos importantes en escuelas, que según una nota periodística, “están en el lugar por cuestiones partidarias”, y que hay casos donde ni siquiera poseen título de pedagogía. Sin olvidar los infaltables casos de nepotismo, con todo esto tenemos nuestras razones para desconfiar en proyectos de ley semejantes.
En la actualidad, Paraguay cuenta con 17 ministerios y estos a su vez, cuentan con viceministerios que se encargan de sectores muy particulares del país, ya sea en el ámbito político o económico.
Por ejemplo, el Viceministerio de Minas y Energía que es dependiente del MOPC, cumpliendo las funciones de “establecer y orientar la política referente al uso y el manejo de los recursos minerales y energéticos”.
Sobre el proyecto, Carlos Ortíz Perschino sostiene la idea de que el viceministerio podría y de hecho ya cumple con las funciones que se tiene planeado con este nuevo ministerio, la única diferencia sería el número de funcionarios contratados y el adherencia de un viceministerio de hidrocarburos.
En esta línea, de acuerdo a la iniciativa, la nueva entidad estará financiado de la siguiente manera:
– El 100% de los cánones vigentes en los permisos y contratos de prospección, exploración y explotación de recursos minerales, canteras e hidrocarburos.
– El 50% de las regalías de contratos de prospección, exploración y explotación de recursos minerales e hidrocarburos.
– Recursos tributarios del Tesoro Nacional
– Ingresos provenientes del pago de tasas, por los servicios efectivamente prestados por el ministerio, cuyos montos serán fijados por decreto del Poder Ejecutivo
– Ingresos provenientes del canon por extracción de arena, de cauces hídricos de dominio público del estado, cuyos montos serán fijados por decreto del Poder Ejecutivo
– El producto de las multas y de las ventas con o sin subastas de bienes, muebles e inmuebles.
– Créditos, transferencias, aportes y donaciones nacionales, internacionales o multilaterales contratados acorde a la ley, así como cualquier otro ingreso propio del ministerio acorde a lo establecido en la Ley del Presupuesto General de la Nación y demás leyes.
– Otras que surjan a pastor de negociaciones de tratados binacionales o nacionales de las empresas productoras de energía eléctrica y sean asignadas por el Congreso Nacional y el Poder Ejecutivo.
A inicios de enero de 2024, la deuda pública total alcanzó USD 16.579 millones; de este monto, USD 14.775 millones corresponden a la Administración Central, mientra que USD 1.804 millones cuentan con garantía soberana, según datos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Por otra parte, es importante tener en cuenta que Paraguay no tiene como actividad económica relevante, ni la minería, ni mucho menos el gas o petróleo, pues no lo producimos.
A diferencia de países como Chile, que cuenta con un Ministerio de Minería que cuenta con la Comisión Chilena del Cobre, clave para su industria estrella de Chile, las minas de cobre, siendo Chile el proveedor del 30% del cobre a nivel mundial.
Podríamos dar otro ejemplo de necesidad de una institución para la dirección de políticas sobre sectores como el combustible o la minería, este es un país vecino, Bolivia y su ente rector de políticas sobre el gas y sus derivados.
La Superintendencia de Hidrocarburos del Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE), encargada de regular la producción petrolera y la explotación de gas en el país andino, nuevamente una industria clave de dicho país, teniendo una matriz de producción similar a la del Paraguay, principalmente en que se comparte la característica de ser países cuya economía depende de la exportación de materias primas, sea alimento, energía o minerales.
Paraguay solo cuenta con la industria productora de energía como una relevante de las 3 que se busca dedicarle un viceministerio, ¿Que sentido tiene dedicar un ministerio entero a dos mercados que no se desarrollan en nuestro país actualmente, y más aún teniendo en cuenta la situación límite en el que se encuentra el Presupuesto Nacional?
La creación de un nuevo ministerio (de Energía, Minas e Hidrocarburos), no se justifica desde un punto de vista técnico ni económico ya que las funciones que son planteadas para la cartera ya se encuentran en ejercicio por organismos existentes en el Estado derivando esto en desembolsos superfluos.
La creación de este nuevo ministerio llevaría a una carga económica y así empeorando el déficit fiscal y teniendo en cuenta que en Paraguay esta industria es aún de baja relevancia.
Además, dado el contexto donde sectores como salud y educación precisan de mayor financiamiento debido al impacto directo en el bienestar general de las personas y el desarrollo a largo plazo, se torna más eficiente canalizar los recursos hacia estas áreas para el desarrollo ya mencionado.
Por lo tanto, resulta poco viable ya que en un contexto de restricciones fiscales y desequilibrio presupuestario, asignar fondos a una industria con escasa incidencia en el producto interno bruto, en la generación de empleo o en el comercio exterior, representa una asignación subóptima de recursos, por lo tanto también resulta ineficiente canalizar recursos a esta nueva entidad.
Aunque, con las debidas correcciones en el proyecto de ley y una situación presupuestaria más óptima y sin tantos compromisos en áreas críticas, podríamos considerar la creación de este ministerio -al menos en el área de energía-, sabiendo que la energía eléctrica es el segundo producto más exportado y que en 2024 ya representa un 15,5% de todas las exportaciones, el primero son los productos derivados de la soja con un 31,7%.
En base a lo anteriormente expuesto, resulta más conveniente y rentable mejorar los organismos preexistentes, impidiendo así el ensanchamiento burocrático y la redirección del gasto estatal a sectores con mayores necesidades en cuanto a la financiación y así preservando una estabilidad fiscal en el Estado.