La nueva normativa incorpora a las entidades de tecnología financiera (Fintech) como proveedores de inicio de pagos, habilitando a estas empresas a ofrecer alternativas de cobro a los comercios mediante la intermediación de pagos con transferencias a través del SPI.
Con esta medida, el BCP promueve la inclusión financiera, la digitalización del comercio y la reducción de costos transaccionales, fortaleciendo así la competitividad y la innovación en el ecosistema de pagos.
El reglamento actualiza los requisitos de autorización, las reglas operativas y los estándares de seguridad y ciberseguridad que deberán cumplir los PISP. De esta manera, se garantiza la protección de los usuarios, la integridad de las operaciones y la confianza en el sistema de pagos, facilitando operaciones rápidas, seguras y eficientes. Estas innovaciones refuerzan el rol del SPI como infraestructura crítica para el desarrollo económico del país.
La disposición se enmarca en la entrada en vigencia de la Ley N.° 7503/2025 “Sistema Nacional de Pagos”, que en su Artículo 2° reconoce a los Proveedores de Servicios de Pago, incluyendo a los PISP, como participantes de los sistemas administrados por el BCP. Asimismo, el Artículo 4°, inciso d), otorga al Banco Central la facultad de determinar qué proveedores y servicios de pago quedan sujetos a la regulación, control, supervisión y vigilancia de la institución.