Lima, 11 feb (EFE).- Pese a que el «mandato constitucional» exige al Estado realizar consultas previas a las comunidades indígenas sobre la concesión de una actividad explotadora en sus territorios, Perú sigue reportando casos en los que se «hace caso omiso a la ley», vulnerando así los derechos de los pueblos nativos.
Estos deben acudir a los tribunales sistemáticamente, ante un modelo de Justicia culturalmente discriminador, para hacer valer unos derechos que son de obligatorio cumplimiento legal para todos los funcionarios.
Así lo sostuvo en una entrevista con Efe el juez titular del Segundo Juzgado Mixto de Alto Amazonas, Daniel Augusto Hinostroza Estrada, quien recordó que la consulta previa es «un derecho reconocido no solo a nivel nacional, sino también internacional a través del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), al cual Perú está suscrito».
Por «mandato constitucional», insistió el juez, el Estado peruano está en la obligación de realizar esa consulta con las comunidades nativas «desde la primera etapa» del proceso de concesión de una actividad explotadora, ya sea a través de «charlas, capacitaciones, sensibilizaciones o estudios de impacto ambiental».
Y, en caso de que los pueblos indígenas no acepten la propuesta del Estado, este último «debe retroceder y declararlo inviable» porque están en juego «muchos derechos, entre ellos el derecho a la vida».
«CASO OMISO A LA LEY»
En los últimos años, han sido varios los casos de concesiones mineras que han sido anuladas por la Justicia peruana al considerar que el proceso de consulta previa con las comunidades indígenas no tuvo las garantías exigidas por la legislación nacional.
Sin embargo, según denunció Hinostroza, se siguen reportando casos en los que «funcionarios públicos hacen caso omiso a la ley», la que genera «enfrentamientos entre el Estado y los pueblos indígenas», que a lo largo de la historia del país ya «han cobrado muchas vidas», tanto «por parte de la policía como de las comunidades nativas».
En ese sentido, el juez recordó el «sonado» caso del «Baguazo», las violentas revueltas indígenas donde en 2009 murieron 33 personas, entre ellos 23 policías y 10 nativos, por unos decretos que buscaban facilitar la actividad extractiva en los territorios de los pueblos indígenas.
Ese episodio demuestra, según Hinostroza, la falta de voluntad por parte del entonces presidente Alan García (2006-2011), quien «se cerró a un diálogo» con las comunidades nativas.
«Desconocemos qué ronda por sus cabezas para que otorguen estas concesiones de manera directa y con la velocidad de un rayo», pero «eso es lo que no queremos que se repita», insistió.
SENTENCIA A FAVOR
Con esa voluntad, el titular del Segundo Juzgado Mixto de Alto Amazonas resolvió recientemente a favor de las comunidades indígenas una sentencia, con la que recordaba al Estado su obligación de realizar una consulta previa a trece pueblos nativos del distrito de Balsapuerto, en la región amazónica de Loreto, que podrían verse afectadas por la autorización de una concesión para la práctica de extracción minera.
«No estamos hablando de un deber, sino de un derecho reconocido», por tanto, «no hay vuelta que dar», manifestó Hinostroza.
De esta manera, el juez concluyó que la continuidad de la concesión de 8.900 hectáreas a favor de la empresa Minerales Camino Real Perú S.A.C, subsidiaria de la canadiense Royal Road Minerales Limited, debía quedar en manos del avance de las negociaciones entre el Estado y las comunidades implicadas.
Aún así, Hinostroza lamentó que, si bien hasta el momento este proceso «no ha provocado un daño material o un impacto ambiental» a la región de Balsapuerto, «sí que ha generado un impacto psicológico» a las poblaciones, que «han sido afectadas emocionalmente» al ver que «el Estado no las protege».
LEYES DISCRIMINATORIAS A COMUNIDADES INDÍGENAS
Según explicó el juez, el Poder Judicial trabaja desde hace años en el desarrollo del programa «Justicia Intercultural», que busca amparar los derechos de los pueblos indígenas y campesinos.
«Las leyes en el Perú son discriminatorias a esas comunidades», pues existe un «choque entre la norma y sus costumbres», opinó Hinostroza, quien considera que en los casos que involucran a esas poblaciones «no se puede aplicar la ley de forma general, sino que hay que hacer distinción».
Esa situación no deja de ser controvertida, como ejemplifica el hecho de las violaciones a menores de edad en las comunidades indígenas, en donde las tradiciones culturales avalan el inicio prematuro de la actividad sexual.
INDÍGENAS AMENAZADOS
La plataforma «Derechos colectivos vulnerados» lanzó en diciembre de 2020 los resultados de un estudio en el que se analizaron los conflictos socioambientales ocasionados por proyectos extractivos en seis países de Latinoamérica.
Los datos revelaron que, a nivel regional, Perú es el país con el mayor número de comunidades indígenas que, durante el período analizado entre 2017 y 2019, vieron amenazados sus derechos colectivos por la presencia de proyectos extractivos en sus territorios.
En concreto, se identificaron 19 proyectos, que afectaron a 585 comunidades. Del total de casos, el 47 % estaban relacionados con la actividad minera y se concentraban mayoritariamente en la zona andina del país, mientras que el 21 % eran proyectos de hidrocarburos y se ubicaron en la Amazonía nororiental.
La violación más denunciada por las comunidades indígenas fue la el derecho a un medioambiente saludable (74 %), un escenario que afecta de manera desproporcionada a los departamentos peruanos de Loreto, Ucayali, Amazonas y San Martín.