Como parte del cronograma del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), este jueves 27 de abril venció el plazo para realizar campaña proselitista con miras a las elecciones generales de este domingo 30. En el caso de la dupla Santiago Peña – Pedro Alliana, de la Asociación Nacional Republicana (ANR), el cierre se realizó en la sede de la Asociación de Funcionarios del Instituto de Previsión Social (IPS).
“Quiero reiterarles mi compromiso de que días mejores vendrán para todos los paraguayos, para que muy pronto podamos decir con orgullo que estamos mejor. ¡Gracias!”, escribió en su cuenta de Twitter el candidato oficialista. Agradeció, además, a los “héroes de blanco” por el compromiso con un Paraguay donde todos los paraguayos estén mejor.
Por su parte, la dupla Efraín Alegre – Soledad Núñez, realizó su cierre de campaña en el club 2 de Enero de la ciudad de Capiatá, en donde una gran multitud de personas estuvo presente. “El domingo vamos a derrotar al Pablo Escobar Gaviria paraguayo”, mencionó Alegre en su cuenta de Twitter.
Mientras que la candidata a vicepresidenta, Soledad Núñez, manifestó su optimismo en un breve tuit: “Nos robaron tantas cosas pero no pudieron robarnos la esperanza. Estamos cada vez más cerca de una victoria, que será el comienzo de un nuevo Paraguay. El cambio ya llega”.
Otro candidato que también lanzó un mensaje por el cierre de la propaganda electoral fue Paraguayo Cubas, líder del movimiento Cruzada Nacional. “Gracias con el corazón a mis compatriotas que ayer en más de 50 distritos hicieron caravanas y movilizaciones”, expresó en sus redes sociales.
Como parte de los cierres de las distintas campañas, la Fiscalía Electoral, a través de notas remitidas a distintos municipios del departamento Central y a la Policía Nacional, instó a que los candidatos retiren toda la propaganda electoral de la vía pública, antes de que entre en vigencia la veda electoral.
Teniendo en cuenta la legislación vigente, el Ministerio Público resalta que cada municipio es el ente regulador y debe contar con los medios necesarios para el control y limpieza de las propagandas electorales en la vía pública, una vez fenecido el plazo correspondiente.
Así también, recomendó a la Policía Nacional hacer cumplir las normas citadas en la nota en cuestión, en caso de que no se lleve a cabo las mismas, labrar acta y comunicar a la Fiscalía de Delitos Electorales de la zona correspondiente.
El Art. 290 del Código Electoral establece que la propaganda electoral se extenderá por un máximo de sesenta días, contados respectivamente desde dos días antes de los comicios, en donde está prohibida toda clase de propaganda electoral.
Por Resolución TSJE Nº 108/2021, la propaganda en la vía pública se pudo efectuar del lunes 27 de febrero de 2023 al jueves 27 de abril de 2023 a las 23:59, recordaron desde la Justicia Electoral.
Delitos electorales
Cabe destacar además que existen otros delitos electorales previstos en la ley que pueden llegar a penas de cinco años y multas de hasta 300 jornales mínimos. Por ejemplo impedir, perturbar una elección o la constatación del resultado con violencia o amenaza de violencia puede derivar en cinco años de pena privativa de libertad.
Igualmente, votar sin estar habilitado, producir resultado falso o falsear el resultado también conllevan a cinco años según el art. 276 del Código Penal. Estos mismos años de sentencia pueden causar el coaccionar a un elector para votar en un sentido determinado o para impedir el voto mediante fuerza, presión económica, abuso de relación dependencia profesional o económica.
Por otro lado, entre los delitos que derivan en 300 jornales mínimos de multa se encuentran: Violar gravemente las formalidades para la constitución de mesas, votación escrutinio o negarse a completar las actas o recibir protestas; admitir voto de electores cuyo nombre no figure en el padrón, permitir que se vote dos o más veces o admita la sustitución de un elector por otro; y no entregar documentos electorales.
De la misma forma negarse a dar certificaciones, impedir que se brinde a electores, apoderados o veedores datos de los padrones; discriminar a los electores para impedir el ejercicio del sufragio puede resultar en el pago de hasta 200 jornales mínimos.
También hay que recordar que realizar propaganda electoral una vez finalizado el plazo y presionar indebidamente al elector dentro de los 200 metros del local de votación conllevan a seis meses a un año de penitenciaría. Finalmente la publicación por parte de los medios de comunicación de propaganda electoral fuera del plazo resulta en una multa de 500 jornales.