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19 de septiembre de 2024

Ministerio de Economía reglamenta excepciones para percibir doble remuneración en el sector público

El Viceministerio de Capital Humano emitió una Resolución mediante la cual establece un protocolo de solicitud de inclusión en la tabla de excepción a la doble remuneración de los funcionarios permanentes y contratados del sector público.

El protocolo rige para el personal de blanco, docentes, contratados temporariamente por los organismos y entidades del Estado, y también para aquellos exfuncionarios con jubilación completa o parcial de la función pública.

El Viceministerio de Capital Humano y Gestión Organizacional del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) emitió la Resolución VCHGO Nº 26/2024, a través de la cual establece un protocolo de solicitud de inclusión en la tabla de excepción a la doble remuneración de los funcionarios permanentes y contratados del sector público y su posterior habilitación en el Sistema Integrado de Administración de Recursos Humanos (SINARH).

Según lo dispuesto en la resolución, se establecen los lineamientos para la recepción y tramitación de solicitudes de excepción, en conformidad con el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 223/2008 y los parámetros establecidos en el Decreto N° 1092/2024, que reglamenta la ley N° 7.228, que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el ejercicio fiscal 2024.

Es importante mencionar que esta resolución rige para:

  • El personal de blanco, funcionarios contratados o nombrados en Centros Asistenciales prestadores de Salud que no se encuentren en las previsiones del artículo 42 de la Ley N° 7228/2023 (PGN) y del artículo 104 del Decreto N° 1092/2024. 
  • El personal docente, ya sea docente nombrado o contratado con más de 6 vinculaciones con categoría U en entidades educativas (Ministerio de Educación y Ciencias, Universidades Nacionales y otros centros educativos de naturaleza similar) que no se encuentren en las previsiones de los artículos 100 inc. c.3) y 166 del Decreto N° 1092/2024. 
  • El personal contratado, es decir, aquellos contratados temporariamente por OEE (organismos y entidades del estado) para prestar funciones administrativas.
  • Jubilados, aquellos exfuncionarios con jubilación completa o parcial de la función pública, nombrados o contratados temporariamente por un OEE para prestar servicios administrativos y/o docentes. 

Por otra parte, la resolución destaca que el Viceministerio de Capital Humano y Gestión Organizacional solo dará trámite a las solicitudes si la institución recurrente cumple estrictamente con lo establecido en el artículo 107 del Decreto Reglamentario 1092/2024, referente a la presentación de informes mensuales de altas y bajas.

Asimismo, establece que esta disposición entrará en vigencia para las excepciones presentadas durante el ejercicio fiscal 2024, desde la fecha de la resolución. Además, el artículo 4° abroga la Resolución Nº 31 del 30 de enero de 2023, que regulaba el protocolo para solicitudes de excepción para el ejercicio fiscal 2023.

Para más detalles, los interesados pueden acceder a la citada resolución en el siguiente enlace https://lc.cx/ao6vgN

Según el MEF, el protocolo busca proporcionar una mayor transparencia y eficiencia en la gestión de excepciones salariales en el sector público durante el presente año fiscal.

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