El Instituto de Previsión Social (IPS), por medio de la dirección de Riesgo Laboral y Subsidios, informó que actualmente existen 46.925 liquidaciones pendientes de cobro en el Banco Nacional de Fomento (BNF), equivalentes a más G. 6.211 millones.
Este número de liquidaciones de reposos pendientes de cobro representa a un total de 33.942 personas que tienen subsidios pendientes por cobrar en el BNF.
“Si sos asegurado y contás con reposos del IPS aún por cobrar en ventanilla del BNF, es esencial que te acerques antes del 28 de febrero de 2024”, instaron desde la citada previsional.
En esta línea, agregaron que para mejorar la comunicación, el IPS implementará una estrategia que informará a los asegurados sobre la disponibilidad de pago de su reposo mediante un mensaje masivo de SMS, aclarando que será enviado como mensaje de texto y no de WhatsApp.
La entidad comunicó también que, en caso de no se realice el retiro en ese periodo, los fondos regresarán al IPS y el asegurado deberá solicitar una reliquidación del reposo acudiendo a la institución.
Para el cobro, el asegurado debe dirigirse a cualquier sucursal del Banco Nacional de Fomento con su cédula de identidad y dos copias de la misma.
También, se recuerda a los asegurados que pueden verificar el estado de su reposo a través del sitio web www.ips.gov.py en la sección «Servicios online» y la pestaña «Consulta de reposos». Ingresando su número de cédula, podrán dar seguimiento al trámite de reposo.
Promoción para empresas que deseen ponerse al día
Por otra parte, con el objetivo de que más empresas puedan regularizar sus deudas con el IPS, la Dirección de Aporte Obrero Patronal lanzó la promoción de pago de aportes con descuento en los intereses para las empresas que se encuentran en mora.
Concretamente, por Resolución C.A. N° 005-013/2024, de fecha 24 de enero de 2024, el Consejo de Administración autorizó a la dirección de Aporte Obrero Patronal, dependiente de la Gerencia Administrativa Financiera, a establecer la exoneración del 100% del monto en concepto de recargo por mora, en la modalidad de pagos al contado de la totalidad de lo adeudado; y la exoneración del 50%, en la modalidad de pagos parciales.
Esta promoción de recargos se aplica a firmas patronales del régimen especial y general, sobre las planillas normales, complementaras y/o cuotas de fraccionamientos de pagos vencidos e impagos, con vigencia hasta el 30 de abril del 2024, detallaron desde el IPS.