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25 de noviembre de 2024

Salario público ya no se cubrió con deuda, por segundo mes consecutivo

El monto desembolsado para financiar el gasto salarial es de G. 1,3 billones mensuales, pagado en un 100% con recursos provenientes del cobro de impuestos a la ciudadanía.

La mejora sustancial experimentada en los ingresos tributarios – luego del desplome que se dio en abril, mayo y junio por culpa de la COVID-19 – dio un respiro a las arcas del Estado y ayudó a financiar en agosto el gasto salarial del sector público con recursos genuinos, por segundo mes consecutivo.

El monto promedio desembolsado por la cartera económica para el pago de salario público es de G.1,3 billones (USD 186,5 millones en el cambio de ayer). Este gasto normalmente es financiado en un 100% con ingresos tributarios, producto del cobro de impuesto a la ciudadanía.

 Este año, a raíz de la fuerte caída de los ingresos tributarios por efecto de la pandemia y la paralización de las actividades económicas – además de las postergaciones de los vencimientos de algunos impuestos –, el gasto salarial fue financiado en parte con recursos del fondo de emergencia, creado con nuevo endeudamiento. Durante abril, mayo y junio, el Gobierno destinó del fondo de emergencia unos USD 300 millones al pago de salario público.

El viceministro de Administración Financiera, Óscar Llamosas, indicó en conversación con MarketData, que para el pago de salario en julio y agosto ya no se utilizaron los recursos del fondo de emergencia. Sin embargo, aclaró que con ese fondo sí se siguen financiando los pagos de gratificaciones al personal de salud y los contratos del personal incorporado para la atención de la pandemia.

“Para aclarar, eso (pagos de gratificaciones y nuevas contrataciones de personal de blanco) está establecido en la Ley de Emergencia Sanitaria, y no forma parte del financiamiento del Estado”, explicó el subsecretario de Hacienda.

Las acreditaciones del salario público pertenecientes a agosto del 2020 fueron realizadas desde ayer martes 25, a través de la Dirección General del Tesoro Público (DGTP) del Ministerio de Hacienda. Fueron concretadas conforme a la presentación de las documentaciones respectivas o Solicitudes de Transferencias de Recursos (STR), por parte de las entidades públicas que perciben sus salarios a través del Tesoro nacional, explicaron desde el Fisco.

¿Quiénes cobran? Fueron habilitadas las remuneraciones mediante la red del Banco Nacional de Fomento (BNF), a los funcionarios del Congreso Nacional, la Cámara de Senadores, Cámara de Diputados, Presidencia de la República, Vicepresidencia de la República, Ministerio de Relaciones Exteriores y Ministerio de Hacienda. Así también; funcionarios del Ministerio de Salud, Ministerio de Justicia, Ministerio de Agricultura y Ganadería, Ministerio de Industria y Comercio, Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, Ministerio del Trabajo, y Ministerio del Ambiente.

También son parte de la lista los colaboradores del Ministerio de Urbanismo, Vivienda y Hábitat (MUVH), Ministerio de la Niñez y de la Adolescencia, Defensoría del Pueblo, Comisión Nacional de Prevención contra la Tortura, DIBEN, INDERT, INDI, Fondo Nacional de la Cultura y las Artes, Comisión Nacional de Valores, ERSSAN, Instituto Nacional de Cooperativismo.

Además, del Instituto Paraguayo de Artesanía, INFONA, Instituto Paraguayo de Tecnología Agraria, Dirección Nacional de Correos del Paraguay, Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario, y la Comisión Nacional de la Competencia.

Asimismo, de la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, Consejo Nacional de Educación Superior, Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior (ANEAES), Autoridad Reguladora Radiológica y Nuclear, Secretaría Nacional de Inteligencia, Instituto Superior de Bellas Artes, Dirección Nacional de Defensa, Salud y Bienestar Animal y Crédito Agrícola de Habilitación.

En relación con las entidades estatales que no aparecen en esta lista, el Ministerio de Hacienda aclaró que, a medida que las demás instituciones vayan presentando sus STR ante la Dirección General del Tesoro, se irá informando el calendario de pago.

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