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22 de noviembre de 2024

Producción tabacalera: SET detectó discrepancias entre sus datos y el informe de CADEP

Tributación asegura que los datos utilizados por el Centro de Análisis para la elaboración y conclusión del informe no fueron precisos, ya que existe un error en la comparación entre oferta estimada neta y las supuestas ventas declaradas en cajetillas, que no coinciden con los datos que maneja el Estado.

La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) emitió un comunicado asegurando que detectó discrepancias entre sus datos y los contenidos en el informe “Super Producción Tabacalera en Paraguay”, elaborado y publicado por el Centro de Análisis y Difusión de la Economía Paraguaya (CADEP).

La Administración Tributaria especificó que la discrepancia hallada hace referencia a las estimaciones y conclusiones que aparecen en el informe de CADEP, de una posible evasión impositiva de entre USD 380 millones y USD 400 millones anuales.

En este punto, aclara que el sector tabacalero reporta sus actividades ante la SET, en carácter de Declaración Jurada, por medio de los Formularios números 130 y 160; mediante este último se informa la cantidad de insumos importados para la producción de tabaco y las enajenaciones de productos terminados, específicamente en lo que respecta a caja master y que se relaciona con las cajetillas.

Por otro lado, a través del formulario 130  informan lo relacionado con la base imponible sobre la cual se aplica la tasa del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) y se determina el impuesto a pagar.

La SET sostiene que la información solicitada por el CADEP fue respecto a los volúmenes de ventas en supermercados y en tabacaleras, por lo que la entidad proporcionó los datos relativos a los volúmenes de ventas de las tabacaleras totalizadas en guaraníes, no así la referida a la de los supermercados, ya que no se cuenta con dicha información, puesto que el impuesto que grava las ventas de este sector es el IVA y no el ISC.

“La información proveída al CADEP corresponde a los datos disponibles a partir del Formulario 130, sobre los volúmenes de venta en unidades monetarias a partir de la base imponible, que serían las cantidades declaradas en el Formulario 160 y el precio de cada producto en la primera enajenación, tal como establece la Ley Tributaria”, aclara en su comunicado la SET.

Agrega que la Administración tributaria proveyó esas informaciones para facilitar el trabajo de investigación, pero enfatiza que el CADEP no solicitó datos tales como el precio promedio utilizado en la primera enajenación, ni la cantidad de ventas declaradas por cajas.

En este punto, la SET menciona que, a partir de los datos proveídos, el CADEP formula las estimaciones de volúmenes de ventas o demanda, utilizando para el efecto la fórmula que relaciona precio con cantidades.

“El precio utilizado por el CADEP corresponde a un precio promedio, extraído o estimado a partir de criterios de Economist Intelligence Unit (EIU), que se utiliza para una aproximación o estimación de los volúmenes de venta, la cual difiere ampliamente de las declaraciones de volúmenes de ventas reportadas en el Formulario 160, de lo que resulta o arroja un error en la estimación de la base imponible y en la conclusión sobre los niveles de la posible evasión impositiva”, resalta la SET.

Añade que, en la página 38 del citado informe, se observa la comparación entre oferta estimada neta y las supuestas ventas declaradas. En el estudio, el CADEP menciona que las ventas declaradas fueron 345 y según los datos oficiales de la SET, en total fueron 2.084 las ventas declaradas en cajetillas.

En su comunicado, la entidad recaudadora señala que en la búsqueda del consenso y el diálogo, han mantenido una reunión con miembros del CADEP, en conjunto con representantes de la Universidad de Illinois Chicago. Como resultado, han acordado la provisión de informaciones oficiales con que cuenta la SET. 

El objetivo es que el citado centro profundice el análisis realizado y plasme las estimaciones correspondientes en el marco de los trabajos de investigación en la cual se hallan abocados, teniendo en consideración que los datos utilizados para la elaboración y conclusión del informe no fueron precisos, concluye el pronunciamiento oficial.  

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