El gobierno anunció hoy la prórroga de la vigencia del arancel 0% para la importación de bienes de capital, que se extenderá hasta el 31 de diciembre de este año. El movimiento fue realizado por medio del Decreto 5966/21, de modo a aplazar el fenecimiento del 3528/20 hasta la mencionada fecha, ya que la tasa normal para estas compras es del 2% para estos productos.
La normativa afecta a 222 productos, entre los que se encuentran las sembradoras, abonadoras, distribuidores de abonos, cosechadoras de algodón, máquinas de cosechar raíces, aparatos para la industria azucarera y tractores de orugas, así como las herramientas neumáticas e hidráulicas. La medida fue analizada y elaborada por técnicos de la Dirección de Integración del Ministerio de Hacienda.
Asimismo, esta supresión temporal de aranceles abarca a las máquinas para fabricación de pastas y de calzados; máquina de mezclar material mineral con asfalto; barco frigorífico; hornos industriales para fusión de metales; hornos de panadería, pastelería o galletería; elevadores o transportadores de mercancías; calderas de vapor; motores de corriente alterna y transformadores de dieléctricos líquidos.
Cabe recordar que, en cuanto a las importaciones, el Banco Central del Paraguay (BCP) prevé una expansión en torno al 12,1% para este año, impulsada por un mayor aumento esperado en las importaciones de bienes intermedios y de bienes de capital, en concordancia con una mayor recuperación de la absorción doméstica. En este sentido, el incentivo a las compras sin arancel sería una herramienta útil.
De hecho, desde el Ministerio de Hacienda se explicó que la intención del nuevo decreto es la de fortalecer la inversión, el empleo, la ayuda social y el apoyo a la producción y el comercio, en el contexto de la recuperación económica por la que atraviesa nuestro país.
“En lo que respecta al tratamiento de los Bienes de Capital en el Mercosur, es importante recordar que el bloque cuenta con un universo común de más de 1.200 códigos arancelarios, a los cuales los países pueden aplicar aranceles diferentes al Arancel Externo Común (AEC). La Decisión CMC N° 25/15 es la norma Mercosur vigente que permite excepcionar los niveles arancelarios para este universo de productos”, se explica en el comunicado oficial.