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27 de diciembre de 2024

BCP se pronuncia ante denuncias del Congreso Nacional sobre informes de lavado de dinero parcialmente testada

A través de un comunicado oficial la banca matriz aclaró que; las informaciones, los datos y documentos de terceros que obren en poder del Banco Central del Paraguay, en virtud de sus funciones, son de carácter reservado, salvo que la ley disponga lo contrario.

Tras la polémica que se desató debido a las respuestas por parte del Banco Central del Paraguay (BCP) a un pedido de informe que incluye los documentos tachados, en relación a lavado de dinero, en donde las consultas tenían que ver sobre operaciones de Horacio Cartes y Darío Messer.

Por lo que la banca matriz, se pronunció de manera oficial antes las denuncias por parte del Congreso, ya que el Senado estaría analizando una posible interpelación al presidente del BCP, José Cantero, debido al informe presentado.

En el comunicado la banca estatal cita los artículos de la “Orgánica del Banco Central del Paraguay”, dejando en claro que estas mismas leyes restringen la provisión de ciertos datos vinculados a terceros que el legislador ha incluido en el deber de secreto del BCP para resguardar derechos de rango constitucional.

Además, aclara que la institución en primer lugar desarrolla una gestión eminentemente técnica y transparente, y está obligada a proveer información y a rendir cuentas regularmente al Congreso Nacional en el marco de la Constitución y las leyes.

Así también, sostuvo que cuando el Poder Legislativo requiere informes, el BCP los suministra en tiempo y forma, salvaguardando los datos, las informaciones y documentos de terceros que estuvieren contenidos en las solicitudes a través del correspondiente testado, tachado, borrado o supresión. 

Dichos terceros pueden ser clientes, proveedores u otros agentes vinculados con las instituciones sujetas a regulación y supervisión de la banca matriz.

Igualmente, señaló que la institución umple en modo regular y cabal con los mandatos de provisión de informes y de rendición de cuentas sobre la gestión institucional a los Poderes Legislativo y Ejecutivo como exigen la Constitución y las leyes.

“Deber del Secreto”

Asimismo, parte del comunicado, hace alusión en tal sentido al artículo 6º de la 489/95 orgánica de la banca matriz, que establece el «Deber del Secreto».

“Las informaciones, los datos y documentos de terceros que obren en poder del Banco Central del Paraguay, en virtud de sus funciones, son de carácter reservado, salvo que la ley disponga lo contrario”, cita la nota.

Por otra parte, deja en claro que el incumplimiento de esta obligación determinará las responsabilidades penales y demás previstas por las Leyes. Estas personas no podrán prestar declaración, ni testimonio, ni publicar, comunicar o exhibir informaciones, datos o documentos de terceros, aún después de haber cesado en el servicio al Banco Central del Paraguay, salvo expreso mandato de la Ley.

Por último, la banca reitera su compromiso incólume de la institución con los objetivos fundamentales de preservar y velar por la estabilidad monetaria y promover la eficacia, integridad y estabilidad del sistema financiero nacional.

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