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21 de noviembre de 2024

Cuentas digitales: ¿Cómo es el trámite para la apertura de cuentas de forma digital para las EAS?

El Ministerio de Industria y Comercio socializó una serie de recomendaciones para los interesados en la apertura de Empresas por Acciones Simplificadas (EAS).

El convenio de interconexión de datos entre el MIC y el BNF permitirá facilitar la apertura de cuentas bancarias digitales a las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes).

Con el objetivo de promover el desarrollo sostenible del sector empresarial industrial compuesto, como las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), incrementando su competitividad, el MIC llevó adelante el convenio de interconexión de datos con el BNF.

La misma permite la vinculación del sistema informático entre ambas instituciones, buscando simplificar y unificar los trámites. De esta manera, el Banco Nacional pone a disposición de las personas jurídicas que realicen aperturas de una Empresa por Acciones Simplificadas (EAS), mediante el Sistema Unificado de Apertura y Cierre de Empresas (SUACE), la creación de la cuenta bancaria.

Esto se podrá realizar en el caso de que el usuario lo solicite en línea, donde el MIC facilitará a la banca los datos necesarios para la apertura de la cuenta de su empresa.

Además, las cuentas a ser abiertas mediante este acuerdo no tendrán depósitos iniciales ni saldos de promedios. Significa que directamente van a poder operar, hacer transferencias o depósitos conforme a los movimientos que tenga cada empresa.

¿CÓMO ABRIR UNA CUENTA DIGITAL?

Para la apertura de una cuenta digital, en primer lugar, el interesado deberá ingresar al sitio web de Empresas por Acciones Simplificadas (EAS), https://eas.mic.gov.py/ 

Para acceder a la aplicación, el usuario debe hacer uso de su identidad electrónica, que podrá ser creada en la página de https://devportalpy.mitic.gov.py/ de Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación (MITIC).

Posteriormente al ingresar al sistema con sus credenciales, se podrá visualizar la página inicial con todas las EAS en las que el usuario autenticado figura como representante legal principal.

En la página principal, se inicia la creación de nuevas Empresas por Acciones Simplificadas mediante el botón “Crear nueva EAS”, en donde aparecerá el formulario en el cual se debe especificar la denominación o razón social de la nueva empresa, nombre de fantasía y el correo a ser utilizado para las notificaciones.

En la segunda página se solicitan los datos del domicilio fiscal y social de la EAS a ser constituida y en la tercera página, se solicitan los datos de la constitución.

Posteriormente se debe cargar el monto total integrado y su detalle para cada tipo de capital, como:

– Efectivo.

– Mercaderías.

– Inmuebles.

– Vehículos y Máquinas.

– Semovientes.

En el caso que se trate de un capital mixto y supere los 1.200 salarios mínimos, el 20% se calcula sobre el aporte efectivo.

Para los casos en los que se utiliza el estatuto proforma opcionalmente, se puede agregar datos de un escribano para el seguimiento del expediente. 

Para aquellas situaciones en las que se utiliza documento privado y/o escritura pública, es de carácter obligatorio declarar los datos del escribano público.

SECCIÓN RELACIONES

En la cuarta página del formulario, el interesado en la apertura de una EAS, deberá cargar como mínimo un representante legal principal y los datos de los socios, también se puede cargar uno de los siguientes roles en caso de ser necesarios:

Para cada uno de los tipos de relación, se debe cargar la información básica de la persona / representante legal en caso que se trate de una persona física / jurídica respectivamente.

Una vez finalizada la carga de los datos del socio, se debe declarar la distribución de acciones suscritas e integradas para la persona física / jurídica que forma parte de la EAS, como así también los porcentajes de participación / votación en la nueva sociedad.

DATOS TRIBUTARIOS

En la tercera página, se solicitan los datos tributarios como el IVA general, IRE simple o general e IDU. Como así también, cualquier tributo que corresponda a la actividad realizada.

Por otro lado, se deberá completar los datos del Instituto de Previsión Social (IPS) de la EAS, seguidamente de los datos del Ministerio de Trabajo, datos de VUE.

CONVENIO BANCO

En este punto, el interesado deberá seleccionar el banco con el que la EAS tiene convenio firmado para la apertura de la cuenta bancaria digital, como es el caso del Banco Nacional de Fomento (BNF).

Posteriormente deberá rellenar el formulario de documento respaldatorio, donde se socializan con el sistema todos los documentos relacionados con la EAS. En esta vista, se verifican los datos previamente cargados.

Por último, al ingresar en dicha opción se podrá visualizar el estado general de la solicitud, y los documentos que fueron emitidos por las instituciones participantes del proceso, como así también, los números patronales resultantes de las inscripciones automáticas a IPS y Ministerio de Trabajo.

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