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22 de noviembre de 2024

BCP adecua normativa para incentivar la concesión de créditos para la vivienda

El objetivo es motivar a las entidades financieras a mejorar sus productos crediticios, y que estos sean más atractivos para los clientes. La medida es tomada en el marco del plan de reactivación económica post-pandemia, en concordancia con las recientes acciones de la AFD.

El Banco Central del Paraguay (BCP) emitió la Resolución N° 2 “Créditos para la vivienda – normas de clasificación y constitución de previsiones”, con la cual pretende generar incentivos y aumentar la concesión de créditos para la vivienda.

La medida es tomada en el marco del plan de reactivación económica post-pandemia de COVID-19. Apunta principalmente a revitalizar la actividad económica mediante la inversión en obras públicas y la construcción de viviendas. La intención es lograr un efecto derrame mediante estos sectores, a través de la generación de empleos.

La banca matriz explica que la actualización de la normativa es una política pública que tiene como propósito  incentivar la oferta de dichos productos crediticios; de hacerlos más atractivos para los clientes y, por consiguiente, facilitar a la ciudadanía el acceso a la vivienda propia y a una mejor calidad de vida.

“Para desarrollar el sector, es necesario proveer desde la banca matriz los incentivos regulatorios apropiados de modo a facilitar el financiamiento que requiere, acorde a sus necesidades. Por esa razón y a ese efecto, resulta oportuno y conveniente adecuar la normativa vigente”, afirman desde el BCP.

Adecuaciones aplicadas

La adecuación de la norma vigente incorpora un esquema diferenciado de clasificación de deudores, atendiendo a su comportamiento de pago, en función de la morosidad.

Asimismo, incluye la adecuación de plazos de mora a efectos de clasificación del deudor, y la obligación de constitución de previsiones a partir de la Categoría 2.

También se incorporan la estandarización de la información requerida mínima; el cómputo del valor de la garantía por el 100% sobre tasación del inmueble; la actualización de la tasación cada cinco años, o en caso de observarse una morosidad superior a sesenta días u otro indicador de deterioro de la capacidad de pago o del valor de garantía.

Otras adecuaciones realizadas por el BCP tienen que ver con la reducción de exigencias para mejorar la clasificación en casos de refinanciaciones o reestructuraciones; y la ponderación de riesgo con factor 0,20 para el cálculo de solvencia patrimonial de la entidad de crédito.

Desde el Banco Central destacan que esta nueva normativa expedida se encuentra en el mandato legal del BCP, de velar por la solvencia y la estabilidad e integridad del sistema financiero.

Indicaron que la misma es el resultado de un trabajo coordinado, conjunto y consensuado con la Agencia Financiera de Desarrollo (AFD) – la banca pública de segundo piso –. Las estimaciones manejadas es que los efectos de la normativa en cuestión permitirán una importante penetración del crédito a la vivienda en el mercado financiero local, y contribuirán a impulsar la actividad económica.

Reducción de tasa de créditos para la vivienda

La medida tomada por el Banco Central del Paraguay va en línea con la decisión que fue anunciada por la AFD la semana pasada, de reducir las tasas de interés para sus productos de financiación de viviendas y aumentar el monto máximo de financiación.

El banco público decidió disminuir la tasa de interés final, de 7,5% a 6,90%, para su producto “Primera Vivienda”. Con esta medida se estima poder duplicar el financiamiento al sector inmobiliario y financiar unas 4.000 viviendas durante el 2021.

La nueva tasa de interés (de 6,90%) está dirigida a los beneficiarios con ingresos mensuales entre uno y cuatro salarios mínimos. En tanto, el cliente cuyos ingresos oscilan entre cuatro y siete salarios mínimos mensuales tendrá que asumir el crédito con una tasa de interés de 8,90%, el cual se redujo desde el 9,5% que entró en vigencia el 2 de enero pasado.

En ese mismo sentido, se amplió el porcentaje máximo de ingreso que puede destinarse al pago de la cuota mensual, que pasa de 30% a 40%, por ingreso global familiar; además de incrementarse de  G. 275 millones a G. 330 millones los montos máximos de financiación del producto “Primera Vivienda”, para los interesados cuyos ingresos mensuales no superen los cuatro salarios mínimos.

Para aquellos solicitantes con ingresos de más de cuatro y hasta siete salarios mínimos, el monto máximo de financiación aumentó de G. 440 millones a G. 570 millones.

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