Tras un extenso debate, la Cámara de Senadores dio media sanción al proyecto de Ley «De Suministro y Contrataciones públicas». La iniciativa fue aprobada con varias modificaciones planteadas por las comisiones de Legislación y de Hacienda y Presupuesto. De esta manera, el documento pasa a la Cámara de Diputados para su análisis.
En el artículo 21, que habla sobre las “prohibiciones y limitaciones para presentar propuestas y contratar”, se realizó una modificación en el inciso J y se incluyó el resguardo para el debido proceso, de manera que solo se sancione a las personas cuyas responsabilidades se demuestran.
Así también, en el artículo 27 se incluyó la reserva del 20% del mercado para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipymes).
Este punto quedó de la siguiente manera: “establécese un Programa Anual de Contratación Pública para el fomento de las Mipymes el cual contendrá: a) los objetos de gastos y/o categorías del Catálogo de Bienes, Servicios, Consultorías y Obras Públicas destinados a la contratación preferente de Mipymes, para lo cual se determinará una reserva de mercado anual para Mipymes por entidad convocante, la que deberá alcanzar el 20% en un plazo no mayor de 5 años de entrada en vigencia la presente ley”.
La Ley estipula también que la obligación prevista en el inciso a) será exceptuada en casos fundados cuando: Como consecuencia de un análisis de mercado que realice la convocante de forma previa, se determine la imposibilidad de Mipymes de proveer bienes o servicios de la calidad, cantidad o plazo requerido; así también, cuando el Ministerio de Hacienda, en coordinación con la convocante, lo considere conveniente o necesario por razones de política económica.
Otro cambio introducido fue en el artículo 34 de “procedimientos convencionales de contratación”. En este punto, se agregó en el inciso b) que las licitaciones de menor cuantía estarán reservadas preferentemente para las Mipymes.
“Licitación de Menor Cuantía: aplicable a los procedimientos de contratación de bienes y servicios que sean inferiores al monto equivalente a 5.000 jornales mínimos. Este procedimiento estará reservado preferentemente para las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes)”, señala el citado inciso.
Así también, en el artículo 37 se estableció que la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) reglamentará el empleo del procedimiento para la contratación preferente de las Mipymes en los objetos de gastos y/o categorías del Catálogo de Bienes, Servicios, Consultorías y Obras Públicas.
Los demás artículos fueron aprobados tal cual fue presentado por el Poder Ejecutivo. Cabe señalar que con esta nueva Ley se pretende dar un paso importante en el proceso de transformación y reforma del Estado, compromiso asumido en la agenda de Gobierno, según el Ministerio de Hacienda.
Innovaciones que plantea la iniciativa
La cartera económica agregó que, entre las innovaciones que se plantean, está la introducción el concepto del Sistema de Suministro Público, se fortalece el rol de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) como rector del proceso de compras y se integra a dicho proceso la etapa de Presupuesto, desde la planificación hasta la evaluación de los resultados.
Otras innovaciones del proyecto tienen que ver con el valor por dinero, economía de escala, dinamización de sectores estratégicos, registro de proveedores y compradores, sanciones, inhabilidades y conflicto de intereses, y participación ciudadana y transparencia.
El denominado “Enfoque de valor por dinero” pretende asegurar que los bienes y servicios adquiridos cumplan con los requisitos de calidad y no solo de precio. La “Economía de Escala” propone cómo comprar por cantidad, uniendo las necesidades de varias instituciones públicas, a mejores precios.
En cuanto a “Potenciar la transparencia y participación ciudadana”, la nueva legislación plantea el fortalecimiento del portal de Contrataciones Públicas.
Así también, la propuesta de Compras Públicas prevé la creación del Registro de Proveedores del Estado, lo que permitirá un proceso de control y evaluación. De igual manera, promueve la participación de las Micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes).
Con esta Ley, el proceso de contrataciones no solo se enfoca en la compra, sino en todo el proceso: Qué se va a comprar, Cómo se va a pagar y si se utiliza lo que se compró, según lo planificado. El conjunto de estas etapas constituye el Sistema Nacional de Suministro Público. También prevé preferencias a las Mipymes y otros grupos menos favorecidos.
Propone, además, el uso del sistema digital 100% transaccional para todos los procesos realizados ante la DNCP, lo que permitirá una mayor transparencia en las gestiones, así como la publicación de la información en formato de datos abiertos a fin de facilitar su análisis y utilización por parte de la ciudadanía.