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22 de noviembre de 2024

Diputados sanciona Ley que cancela licencia a empresas del transporte público y aprueba más dinero para Salud

La iniciativa sancionada por Diputados busca, principalmente, cancelar licencias de explotación a las empresas de transporte público metropolitano que realicen reguladas e incumplan servicios e itinerarios. Por otra parte, aprobaron ampliar el presupuesto del Ministerio de Salud en G. 26.920 millones, que será financiado con crédito del BID.

En su sesión ordinaria de este miércoles, la Cámara de Diputados aprobó y sancionó varios proyectos, entre los que se destacan la normativa que cancela la licencia, itinerario y subsidio a empresas del transporte público infractores de la Ley, y la ampliación presupuestaria para el Ministerio de Salud.

En cuanto al primer proyecto mencionado -que afecta a empresas del transporte público-, la Cámara Baja sancionó la iniciativa en la versión del Senado y fue remitida al Poder Ejecutivo para su promulgación o veto. 

El documento busca, principalmente, cancelar licencias de explotación a las empresas de transporte público metropolitano que realicen reguladas e incumplan servicios e itinerarios.

La normativa dispone como causa de sanción que la empresa suspenda la prestación del servicio acordado en concesión y no la regularice hasta las 24 horas transcurridas desde la recepción de una intimación por parte de los organismos de control.

Así también, establece que las empresas cuyas licencias sean canceladas no podrán participar de nuevas licitaciones de itinerarios por un plazo de diez años. 

Se contempla, además, que los buses que no cuenten con elevadores o rampas de acceso para personas con discapacidad física, cuanto menos en un 50 % de la flota, no tendrán derecho a percibir algún tipo de subsidio por parte del Estado.

Ampliación presupuestaria

Por otra parte, los legisladores dieron media sanción al proyecto presentado por el Ejecutivo que pretende ampliar el presupuesto del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS). El documento fue enviado al Senado para su análisis. 

Según se explica en el documento, la ampliación solicitada asciende a la suma de G.  26.920  millones, que afectará al Presupuesto 2021 de la cartera sanitaria, en la Fuente de Financiamiento 20, “Recursos del Crédito Público”, Organismo Financiador 401, “Banco Interamericano de Desarrollo (BID)”. 

La ampliación presupuestaria solicitada permitirá cubrir el costo de transporte y almacenaje, alquileres de local y de fotocopiadoras, fiscalizaciones de obras, consultorías, capacitación y servicios de auditoría externa; asimismo, las adquisiciones de textiles, producto de papel y cartón, libros, elementos de limpieza, útiles de escritorio y de  oficina, bienes de consumo varios, pintura dactilar, útiles y materiales médico, kits de  estimulación, artículos de plásticos.

Además, permitirá cubrir el proceso de relevamiento, diseño, elaboración de   proyecto ejecutivo y construcción de 18 Unidades de Salud Familiar y dos CEBINFAS, como también la adquisición de equipos: educativos, recreaciones, de salud y laboratorio, muebles, enseres, computación, radio, ambulancias y sistema de circuito cerrado.

Aceptan objeción del Ejecutivo 

En otro momento, los diputados también aceptaron el proyecto de Ley “por el cual se objeta totalmente el proyecto de Ley N° 6750/2021 que establece mecanismos temporales, respecto a aquellos deudores que han incurrido en mora a consecuencia de la crisis económica por la pandemia del COVID-19”. De esta manera, la iniciativa es enviada al archivo. 

Cabe recordar que la iniciativa pretendía que las entidades financieras debían identificar a aquellos deudores en situación de mora a causa de la pandemia y ponerlos en una categoría especial, utilizando la etiqueta “Covid-19”.

Proponía también que las personas o entidades que suministran información sobre la situación patrimonial, la solvencia económica o sobre el cumplimiento de obligaciones comerciales no transmitirán ni divulgarán datos sobre deudas vencidas no reclamadas judicialmente cuando la mora no sea superior a los 150 días.

Establecía, además que los deudores que hayan incurrido en mora a partir del 10 de marzo del 2020, a causa de las medidas impuestas por el Poder Ejecutivo para evitar la propagación del virus, conservarán hasta el mes de diciembre de este año la categoría de riesgo que mantenían al 29 de febrero del mismo año.

Según la fundamentación para la objeción total, el Banco Central del Paraguay (BCP) ya había tomado medidas regulatorias excepcionales que ya cubren los objetivos perseguidos por el proyecto. 

El documento de objeción dice que las entidades financieras y los deudos ya han acordado reprogramaciones (nuevos acuerdos) con base en las medidas  excepcionales emitidas por el BCP, y que además “una nueva disposición legal -en los términos del proyecto- no generaría beneficios adicionales, mientras que sus requisitos, operaciones e informativos crearían esfuerzos innecesarios”. 

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