La Cámara de Diputados sancionó y remitió al Poder Ejecutivo el proyecto de Ley de Consolidación Económica y Contención Social. Los legisladores se ratificaron en su versión inicial y la propuesta contempla aumento salarial para los docentes y personal de blanco.
Cabe recordar que la primera vez que analizaron el documento, los diputados habían introducido modificaciones a la iniciativa y en esta ocasión se ratificaron sobre esos cambios. Uno de ellos se aplica al artículo cuarto -inciso e- que hace referencia a la suspensión de aumentos salariales, nuevos nombramientos y promociones no jerárquicas.
En este punto, habían exceptuado a los docentes, quienes de esta manera tendrán un aumento salarial desde el próximo mes de octubre si se sigue registrando un aumento en la recaudación tributaria.
Cabe recordar que en el Presupuesto General de la Nación 2021, se estableció que en el último trimestre del año los docentes podrán contar con un aumento salarial del 8% si se registra una variación positiva de los ingresos tributarios superior al 10%; y si el aumento de la recaudación es superior al 15%, el incremento salarial podrá ser de hasta el 16%.
Específicamente, en la Ley sancionada se menciona que quedan exceptuados “los docentes con categorías L y Z del Anexo de Personal del Ministerio de Educación y Ciencias, Instituto Nacional de Educación Superior (INAES) e Instituto Superior de Bellas Artes (ISBA), a efectos de dar continuidad a la implementación gradual del Salario Básico Profesional docente”.
Por otra parte, en la normativa -en el artículo 4º, en el inciso d)- se suspende la implementación de la política de desprecarización laboral del personal contratado que realiza funciones en relación de dependencia, en la función pública, pero se exceptúa de este punto al personal dependiente del Instituto de Previsión Social (IPS) y el personal de salud que presta servicios en organismos y entidades del Estado.
Ollas populares
Durante el tratamiento del mencionado proyecto de ley, en la fecha, uno de los puntos discutidos fueron los recursos para las ollas populares, ya que en la versión del Senado se estableció que a esta actividad sean destinados USD 5 millones.
Sin embargo, Diputados había modificado el referido ítem, distribuyendo los USD 5 millones a diferentes instituciones: USD 1 millón al Instituto Paraguayo del Indígena (Indi), USD 1 millón para el Crédito Agrícola de Habilitación (CAG) y USD 3 millones para el Ministerio de Urbanismo, Vivienda y Hábitat (MUVH). Esta versión es la que finalmente quedó en la Ley sancionada.
Respecto a este punto, el diputado Hugo Ramírez (ANR) solicitó en la sesión que se acepten los cambios que realizó la Cámara Alta, ya que según explicó la seguridad alimentaria en el Paraguay es clave, mucho más en el contexto actual. Sin embargo, no avanzó su pedido.
Por otra parte, al ratificarse los diputados en su versión, quedaron eliminados los artículos 22 y 38 de la iniciativa. El primero estipulaba que el Ministerio de Educación financie la merienda escolar con los recursos generados por la Ley N° 5819/2017 “Que establece la política automotriz Nacional”, y el otro autorizaba al Ejecutivo a reasignar una porción o el total de los saldos no comprometidos de los contratos de préstamos que hayan sido aprobados por ley.
Financiamiento de la Ley
El proyecto del Poder Ejecutivo -ahora sancionado- prevé la utilización de USD 365 millones que serán financiados con tres diferentes tipos de fondos: USD 90 millones con reasignación de recursos, USD 25 millones con emisión de bonos del Tesoro a través de la Agencia Financiera de Desarrollo, y USD 250 con aporte del Fondo Monetario Internacional (FMI) mediante un Derecho Especial de Giro (DEG).
Del monto total, USD 262 millones serán destinados a gastos en salud y programas sociales; USD 23 millones para el Instituto de Previsión Social (IPS); USD 10 millones para exoneración de servicios básicos y subsidios a trabajadores independientes.
Así también, USD 20 millones irán al fondo para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y cuentapropistas; USD 25 millones para el Fondo de Garantías del Paraguay (Fogapy); USD 10 millones para distintas instituciones y USD 15 millones para el Ministerio de Urbanismo, Viviendas y Hábitat, para contrucción de viviendas.
FMI ya asignó a Paraguay los USD 250 millones
Por otra parte, el Ministerio de Hacienda informó que el Fondo Monetario Internacional (FMI) ya realizó la asignación de los recursos de Derechos Especiales de Giro (DEG) para el Paraguay y todos los países miembros.
Los fondos destinados a nuestro país -unos USD 250 millones- ya están disponibles y, una vez sancionada la Ley de Consolidación Económica, podrán ser ejecutados a través de todos los programas que se incorporan en la propuesta.
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Los Derechos Especiales de Giro son activos de reserva internacional creados por el FMI para completar las reservas oficiales de los integrantes. El valor se basa en una canasta de cinco monedas y se asigna en tiempos de crisis, como sucedió en el 2009 durante la crisis global financiera.
En este punto, el viceministro de Economía, Iván Haas, explicó que el aporte no puede ser considerado una deuda, ya que son recursos que corresponden a todos los países miembros del citado organismo internacional.
Sin embargo, con los derechos de giro se abona un gasto administrativo o comisión del 0,5 %, no así los intereses que se aplican a un préstamo.