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27 de abril de 2024

Comisión bicameral avanza en debates para la reglamentación que regulan a las cooperativas

La Cobies informó que, tras la reciente aprobación del proyecto de ley que modifica y amplía el marco de la administración de las cooperativas de Vivienda y el fondo para viviendas cooperativas, sigue en debate la regulación de cooperativas de trabajo asociado y los servicios públicos.

El proyecto recientemente aprobado en la Cámara de Diputados, que regula a las cooperativas de vivienda, determinó que serán conformadas exclusivamente para la construcción soluciones habitacionales ; y que, terminada esta etapa, las viviendas serán adjudicadas a cada integrante de la cooperativa, según mencionaron desde la Comisión Bicameral de Economía Social Cobies (Cobies).

“La Cooperativa de Vivienda subsistirá durante la etapa de pago a fin de facilitar éste y entregar los títulos a cada propietario una vez pagado todo el financiamiento. Bajo esta modalidad, la propiedad de la vivienda pertenece al socio de la cooperativa”, especifica el artículo señalado.

Por otra lado, la normativa indica que dichas cooperativas están sujetas al cumplimiento de las prescripciones de las leyes 6.152/18 y 438/94; están obligadas a la fiscalización del Instituto Nacional de Cooperativismo (Incoop); y deben cumplir los requisitos que se exigen a toda cooperativa, según informó Diputados.

Además, la legislación señala que la administración de los fondos destinados a los socios estará a cargo del Ministerio de Urbanismo Vivienda y Hábitat (MUVH).

“Los beneficiarios de viviendas de las Cooperativas de Viviendas, originalmente constituidas como de usuarios, pasarán a ser propietarios de sus viviendas previa cancelación del pago y cumplimiento de los requisitos y procedimientos establecidos”, refiere un apartado.

Como aspecto importante, recordó el fin de modificar lo establecido en el artículo 5°, sobre tipologías de cooperativas y su forma de facilitar las viviendas a los beneficiarios.

El parlamentario y proyectista de esta legislación, Edwin Reimer, manifestó que esta situación trae como consecuencia que el beneficiario, luego de aportar la mano de obra, su trabajo por ayuda mutua, y de pagar su cuota a la cooperativa, no accede al título de su vivienda”, explicó.

“Solo se le adjudica la vivienda en usufructo; si siquiera puede heredar a su descendencia ya que la cooperativa es la que decide quién será el nuevo beneficiario que usufructúe dicha vivienda”, argumentó Reimer. 

En la misma línea, recordó que el MUVH propuso algunas sugerencias, como modificar lo especificado en el artículo 5°; modificar los artículos 2° y 8°; y derogar el artículo 9°. Estas modificaciones redundará en beneficio de la ley. 

También el parlamentario citó una variante en el artículo 3°, donde en lugar de la palabra “auditar”, se registrará la palabra “fiscalizar”.La posición favorable al documento en cuestión fue secundada por el legislador Teófilo Espínola (PLRA-Canindeyú), presidente de la Comisión de Desarrollo Social, Población y Vivienda.Pasa a la Cámara de Senadores.

Cooperativa de trabajo asociado

Para el avance en la regulación de las cooperativas de trabajo asociado, la Comisión Bicameral de Economía Social (Cobies), dio continuidad a la mesa de trabajo donde es tema de estudio la reglamentación de la ley que reglamenta y regula la organización, constitución y el funcionamiento de las cooperativas de trabajo asociado.

Sobre este punto, el diputado Reimer sostuvo que se hallan trabajando en busca de un consenso respecto al funcionamiento de las cooperativas de trabajo y recordó que esta labor inició ya el año pasado, una vez promulgada dicha normativa.

Según expresó el legislador, existe un área gris que se encuentra en discusión y esto refiere a la relación societaria del socio de una cooperativa de trabajo, lo que podría interpretarse como una relación de dependencia.

“Buscamos aclarar bien en la reglamentación cuál es la esencia de la ley vigente, que aún tiene dificultades para ser implementada. Se pretende generar empleo y mayores oportunidades de desarrollo para el país, a través de las cooperativas de trabajo asociado”, explicó.

Sobre la reglamentación, dijo que será un valor agregado para el fomento del desarrollo económico, al destacar que actualmente existen, aproximadamente, 20 cooperativas de trabajo asociado, con más de 30.000 socios.

Cooperativa de servicios públicos

Por otra parte, el proyecto de ley que promueve y regula la organización, constitución y el funcionamiento de cooperativas de servicios públicos, se trata de un proyecto de ley que busca promover y regular la organización, constitución y funcionamiento de las cooperativas de servicios públicos ha sido presentado recientemente. El documento establece que estas cooperativas tienen como objetivo brindar uno o más servicios de carácter público y deben suministrar el servicio a cualquier persona que lo solicite, independientemente de si es socia o no, a menos que exista una justa causa que lo impida.

Además, el proyecto enfatiza que las tarifas de los servicios deberán ser iguales para todos los usuarios. Reconociendo a las cooperativas como instrumentos de desarrollo económico basados en la solidaridad y la rentabilidad social, se considera crucial brindarles un fomento específico y concreto para la autogestión de los servicios públicos necesarios para las comunidades en las que operan.

El proyecto de ley establece que las concesiones a estas cooperativas serán por tiempo indefinido, sujetas a las condiciones establecidas en su reglamentación, la cual deberá ser emitida en un plazo de 180 días a partir de la promulgación de la ley. Además, se destaca la importancia de garantizar la competencia en el mercado y evitar la creación de monopolios.

La propuesta indica que las cooperativas reguladas se regirán por sus propias disposiciones y, en general, por el Derecho Cooperativo y las normas del Derecho Común. El Instituto Nacional de Cooperativismo (Incoop) y las Confederaciones de Cooperativas legalmente reconocidas serán responsables de promover políticas y acuerdos que faciliten el cumplimiento de esta normativa.

Finalmente, el proyecto de ley destaca el reconocimiento y respeto a las Cooperativas de Servicios Públicos como empresas económicas y sociales con un régimen de derecho societario propio, que poseen una identidad y principios cooperativos, y son de propiedad conjunta de los usuarios de sus servicios. La propuesta ha sido enviada a las comisiones asesoras para su análisis.