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3 de mayo de 2024

Ejecutivo promulgó el aumento del salario mínimo a G. 2.550.307

El presidente de la República, Mario Abdo Benítez, dispuso el reajuste del 11,4% (G. 260.000) de los sueldos y jornales del sector privado desde el 1 de julio de 2022. De esta forma, el salario mínimo queda en G. 2.550.307 y el jornal mínimo en G. 98.089

A través del decreto Nº 7270, el Poder Ejecutivo promulgó la suba del salario mínimo este martes, el cual tuvo un incremento de G. 260.000, quedando así en G. 2.550.307, el cual comenzará a regir a partir del 1 de julio y acorde a este, el jornal quedará en G. 98.089.

Esta actualización del sueldo mínimo se da luego de que se haya analizado el informe técnico del Banco Central del Paraguay (BCP) con respecto al Índice de Precios al Consumidor (PCC) correspondiente a mayo de este año, que había arrojado una inflación interanual de 11,4%.

Cabe recordar que este aumento resulta únicamente obligatorio para aquellas remuneraciones equivalentes al salario mínimo, por lo que en caso de que los salarios sean superiores a un jornal, el aumento no será exigible o aplicable. 

En esta línea, el aumento tendrá una incidencia sobre unos 400.000 trabajadores en el país, aunque se da dentro de un contexto económico difícil debido al nuevo incremento de los precios del combustible, que de acuerdo a los especialistas, seguirá acrecentando la inflación y diluirá en parte el ajuste salarial que recién será tangible a finales de julio.

Así también, desde el Ministerio de Trabajo recuerdan que considerando que los trabajadores formales pagan el 9%, quedarían netos G. 2.370.799 para aquellos que aportan a la seguridad social.

Por otra parte, el incremento del salario mínimo en los últimos cinco años se vino desarrollando de la siguiente manera: del 2017 al 2018, tuvo un aumento de G.71.539, pasando de G. 2.041.023 a 2.112.562; posteriormente, en el 2018 pasó a ser de G. 2.192.839, lo que registró una suba de G. 80.277.

Recién en el 2021 volvió a darse una actualización del salario mínimo, quedando en G. 2.286.324, el cual se encuentra vigente.