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16 de mayo de 2024

Multas de hasta G. 2 millones por no respetar carril de buses y suspensión de comercios que no emiten factura

Desde el lunes, el Viceministerio de Transporte aplicará una multa de 20 jornales mínimos (G. 2.061.820) a las empresas cuyos buses no circulen por el carril exclusivo dispuesto en la ex Transchaco.

En el caso de conductores de vehículos particulares, la sanción será de 10 jornales mínimos (G. 1.030.910) por parte de la Patrulla Caminera, en caso de invadir esta vía.

Por su parte, la DNIT suspendió temporalmente las actividades comerciales de 4 establecimientos, situados en Encarnación y San Ignacio, por la no expedición de comprobantes legales. Se trata de un bar, dos casinos y un hotel, pertenecientes a un mismo contribuyente.

El Viceministerio de Transporte y la Patrulla Caminera informaron que, desde el lunes 22 de enero, aplicarán las sanciones correspondientes a los conductores de buses y vehículos particulares que no respeten el espacio dedicado a la circulación del transporte público, implementado desde el desvío del puente Remanso hasta el túnel Semidei. 

El Ministerio de Obras Públicas explicó que, luego de una primera etapa de adaptación, cuyo principal enfoque fue el de educar a los conductores en el uso e importancia del funcionamiento del carril único, las autoridades multarán a las empresas de transporte y vehículos particulares a través de la resolución N.º 07/2024 y la ley N.º 5016/2014, respectivamente. 

Por lo tanto, no respetar el carril dedicado a la circulación de buses será considerado infracción grave con una multa de 20 jornales mínimos (G. 2.061.820), aplicada por el Viceministerio de Transporte mediante el Departamento de Fiscalización y Control de la Dirección Metropolitana de Transporte, a las empresas permisionarias del área metropolitana de Asunción, según la resolución N.º 07/2024.

En el caso de conductores de vehículos particulares que invadan el carril único, será aplicada una sanción de 10 jornales mínimos (G. 1.030.910) por parte de la Patrulla Caminera, tal como lo establece el artículo 57 de la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial N.º 5016/2014.

Según la cartera de Estado, la aplicación de multas entrará en vigor a partir de la próxima semana con el propósito de garantizar el buen funcionamiento del carril único. Por ello, se insta a la ciudadanía a respetar este espacio dedicado a buses que impacta positivamente en el ahorro de tiempo de viaje de los pasajeros gracias al desplazamiento más rápido de buses.

Aumento de las multas para empresas del transporte público

Por otra parte, cabe recordar que a partir de este lunes 15 de enero, el Viceministerio de Transporte procedió a aplicar la sanción correspondiente, según la nueva Resolución N.º 07/2024, a las empresas operadoras de transporte permisionarias del área metropolitana de Asunción que incumplan con los requerimientos de servicio. 

De acuerdo con esta normativa, las infracciones derivadas de las conductas de choferes de buses consideradas leves pasaron de 3 a 5 jornales mínimos, mientras que las derivadas de las conductas de las empresas de transporte público de pasajeros, las leves aumentaron de 5 a 10 jornales mínimos. 

Las sanciones por el incumplimiento de las condiciones de confort, como circular con el sistema de aire acondicionado deficiente o con el evaporador funcionando en una escala superior a 20 °C para el servicio diferencial, tendrán una multa de 10 jornales mínimos. 

A través de la modificación en la escala de multas y el incremento en las sanciones, el Viceministerio de Transporte impone mayor exigencia a las empresas que incumplan con el servicio público.

DNIT suspende a comercios que no expedían comprobantes legales

Por su lado, en la fecha la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) suspendió temporalmente las actividades comerciales de cuatro establecimientos, situados en Encarnación, departamento de Itapúa y San Ignacio, departamento de Misiones, por la no expedición de comprobantes legales. Se trata de un bar, dos casinos y un hotel, pertenecientes a un mismo contribuyente.

Foto: Gentileza DNIT

Según detallaron, estos comercios deberán mantener sus puertas cerradas al público por tres días, de acuerdo a lo establecido por el Juzgado competente. Esta decisión fue tomada luego de que el Departamento Jeroviaha, dependiente de la Gerencia General de Impuestos Internos (GGII) de la DNIT haya detectado la falta de emisión de comprobantes de venta, durante los procedimientos de control llevados adelante en las mencionadas localidades.

Las irregularidades fueron constatadas por la Administración Tributaria mediante el procedimiento de compras simuladas que realizó durante los controles a locales nocturnos de la zona. 

En ese sentido, se pudo constatar el incumplimiento de las disposiciones vigentes en cuanto a emisión y entrega de comprobantes, situación que permitió a la Administración Tributaria solicitar el mandamiento judicial respectivo.

Durante la ejecución de la medida judicial, se lleva a cabo la fiscalización puntual al contribuyente, que incluye el inventario de las máquinas de juegos de azar. De esta manera se podrá determinar la existencia o no de defraudación fiscal y la omisión de pago de impuestos.

La DNIT informó que seguirá realizando este tipo de procedimientos en todo país, apostando fuertemente a la formalización de la economía, para el bienestar de todos los ciudadanos.

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