El viceministro de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), Oscar Orué, comentó este viernes, a través de una entrevista radial, que la deducibilidad del 30% al Impuesto al Valor Agregado (IVA) en alimentos y bebidas, beneficiará a los profesionales independientes y prestadores de servicios que facturan con este impuesto.
Explicó que cuando una persona solicita factura por la compra de 1.000.000 de guaraníes en alimentos, entonces el contribuyente podrá deducir el 30% de su IVA o sea 300.000 guaraníes.
“Entonces vos compensas, el Impuesto que vos deberías pagarle al Fisco por lo que vos cobraste menos los gastos que tuviste y eso es lo que vos pagas como contribuyente en base a una liquidación”, indicó Orué.
Además, señaló que los contribuyentes que son asalariados por contrato laboral, no podrán deducir nada, ellos pagan el 100% del IVA.
“Solo 280.000 personas son los prestadores de servicios o profesionales independientes y contribuyentes del IVA los beneficiados con este sistema”, afirmó.
Igualmente, añadió que, en caso de que se apruebe esta propuesta, la institución a su cargo procederá a su correspondiente reglamentación, en la cual se especificará qué productos deben estar contemplados para la deducción y qué productos no.
Con relación a este último punto, agregó que a criterio de la SET, las bebidas alcohólicas no pueden ser consideradas porque tienen que ver más bien con una cuestión de ocio, y que las mismas pueden ser deducidas en el Impuesto a la Renta Personal (IRP).
“Nosotros estamos conformes, consensuamos con los senadores, creemos que es razonable la deducción de hasta el 30% de alimentos y bebidas. En términos generales y jurídicos, no nos oponemos a la modificación. Hay que esperar qué pasa en Diputados, teniendo en cuenta que es la Cámara de origen. En términos generales no nos oponemos a esta modificación y vamos a seguir dialogando siempre con los sectores”, añadió al respecto.
Media sanción
Cabe resaltar, que tras un intenso debate en la Cámara Alta sobre la deducción del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la Cámara de Senadores finalmente aprobó este jueves pasado el proyecto de Ley 6380/2019, pero con algunas modificaciones y fue remitido nuevamente a la Cámara de Diputados para su respectivo estudio.
La principal modificación del proyecto se realizó a lo que se refiere al caso de los contribuyentes del IVA por prestación de servicios personales que podrán deducir hasta el 30% del grabado, crédito incluido en los comprobantes de compras por la adquisición de alimentos y bebidas.
Del documento inicial aprobado en Diputados, el Senado excluyó la posibilidad de deducir gastos por regalos empresariales y egresos personales y familiares relativos a alimentos, bebidas, aseo y belleza.