A partir del próximo 1 de mayo, la Secretaría Nacional de Turismo (SENATUR), informó que van a regir las tasas por los servicios de inscripción, habilitación y revalidación de prestadores de servicios turísticos en el Registro Nacional de Turismo.
Esta medida se establece por la Resolución N° 170/2024 e incluye a otros servicios de mantenimiento y actualización del Registro Nacional de Turismo.
¿Cómo se realiza el pago?
Por lo tanto, el pago de tasas se efectiviza por el Sistema Informático Registur, a través de la web, mediante la transferencia interbancaria SIPAP desde la cuenta corriente o caja de ahorro del pagador, que se activa en el Sistema Interbancario Nacional, a la cuenta N° 949080/6 a nombre del Tesoro Público – Secretaría Nacional de Turismo – Presidencia, habilitada por el Banco Nacional de Fomento (BNF).
Además, el pago a efectuar es de G. 327.273 en concepto de inscripción y habilitación de Agencias de Viajes de Turismo; al igual que para las Empresas Operadoras Mayoristas del área, como también para Establecimientos de Alojamientos Hoteleros y de Alojamiento Turístico.
Para la inscripción y habilitación de otras empresas con actividades afines al turismo, previa justificación, se dispone el pago de una tasa de G. 206.182, similar para los Guías de Turismo Local, Nacional, Regional e Internacional. Igual monto es para el Turismo Naturaleza en la modalidad de Aventura, Parque Temático y Reservas Ecológicas Turísticas y Afines, entre otros conceptos.
Cobro de multas
La SENATUR estableció igualmente el cobro de multas, de entre 20 hasta 100 jornales mínimos legales, como consecuencia de sumarios administrativos a prestadores de servicios turísticos que incurran en infracciones, por actividades diversas no especificadas en el país.