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28 de abril de 2025

Presupuesto 2026: priorizarán eficiencia, metas de resultados y control de gastos superfluos

El Poder Ejecutivo emitió el Decreto N° 3813/2025 que establece los lineamientos para la programación y formulación del Presupuesto 2026. En el documento se enfatiza la asignación de recursos hacia salud, educación, seguridad, protección social e infraestructura, y se introducen medidas de racionalización del gasto, como la prohibición de incrementos salariales no vinculados al salario mínimo y de gastos superfluos.

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El Poder Ejecutivo emitió el viernes el Decreto N° 3813/2025 que establece los lineamientos para la programación, formulación y presentación de los Anteproyectos de Presupuestos para el ejercicio fiscal 2026, incluyendo el Presupuesto Plurianual 2026–2028.

Es importante explicar que este instrumento constituye la base técnica y normativa para todos los Organismos y Entidades del Estado (OEE) en la elaboración de sus presupuestos institucionales, enmarcados en criterios de eficiencia, equidad, sostenibilidad y alineación con los objetivos estratégicos del Plan Nacional de Desarrollo (PND).

Según publicó el Ministerio de Economía y Finanzas, los lineamientos priorizan las intervenciones orientadas al fortalecimiento de la salud, la educación, la seguridad, la protección social y las inversiones en infraestructura, en línea con los ejes de desarrollo más relevantes para la ciudadanía.

Asimismo, promueve una visión integral del gasto público, articulando la planificación, la programación presupuestaria y las contrataciones públicas. Los OEE deberán priorizar la eficiencia en la asignación de recursos, la revisión de inventarios, la coordinación interinstitucional y el uso de evidencia para una programación razonable, incorporando así una revisión más exhaustiva de compromisos previos, remanentes no ejecutados y obligaciones plurianuales.

Con un enfoque de desarrollo continuo en el Presupuesto por Resultados (PpR), los OEE deberán programar sus recursos orientados al cumplimiento de metas específicas, considerando la población objetivo y midiendo el efecto mediante indicadores de desempeño. En el 2026 enfatiza aún más la articulación entre los objetivos estratégicos, los bienes y servicios a proveer y el impacto esperado.

En este sentido, se destaca la necesidad de que el gasto público esté alineado con la capacidad real de financiamiento, respetando las metas de déficit fiscal y promoviendo medidas de racionalización, para lo cual las instituciones deberán optimizar sus recursos y evitar duplicidades.

El Decreto también introduce medidas claras de racionalización del gasto público. Se establece que no podrán incorporarse incrementos salariales, salvo aquellos vinculados al salario mínimo legal, y se aplicarán criterios estrictos para la creación o modificación de cargos, especialmente en el caso de docentes y personal de seguridad. 

Además, se prohíbe expresamente la inclusión de gastos superfluos, como souvenirs, arreglos florales, catering institucional, agasajos, celebraciones y similares, priorizando exclusivamente aquellos que sean esenciales para el cumplimiento de los fines misionales.

Entre los lineamientos, también se contemplan directrices específicas para la programación de inversiones públicas, la inclusión de proyectos con código SNIP vigente, y la vinculación de los recursos del crédito público con cronogramas de ejecución realistas y sostenibles.

De esta manera, el Gobierno Nacional reafirma su compromiso con una gestión pública moderna, transparente y orientada a resultados, que garantice el uso responsable de los recursos públicos en beneficio de toda la ciudadanía.

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