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28 de abril de 2024

Avanza proyecto para eliminar el costo por Roaming a usuarios del Mercosur

En el Congreso Nacional, la propuesta ya cuenta con media sanción por parte de la Cámara de Senadores, y ahora la mesa legislativa de la Cámara Baja sugiere su aprobación, ya que consideran importante la eliminación de esta tarifa.

Los miembros de la Comisión de Obras, Servicios Públicos y Comunicaciones de la Cámara de Diputados dieron su visto bueno al proyecto “Que aprueba el acuerdo para la eliminación del cobro de cargos de Roaming Internacional a los usuarios finales del Mercosur”. Dicho acuerdo fue firmado en Santa Fe – Argentina, el 17 de julio de 2019.

Cabe mencionar que la Cámara de Senadores aprobó en el mes de junio dicha propuesta que fue remitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores, por lo que hasta el momento el proyecto avanza con luz verde dentro del Congreso Nacional.

Sobre este tema, el legislador y presidente de la Comisión, Benjamín Cantero, explicó que los países del Mercosur -Mercado Común del Sur- consideraron importante impulsar la eliminación de las tarifas locales de ese servicio, lo que no sólo beneficiará a los ciudadanos de nuestros pueblos, sino que también aumentará el flujo de comunicaciones en llamadas, mensajes y uso de internet; y el consecuente beneficio para los proveedores locales.

“En los últimos tiempos, los costos de Roaming están afectando sobre manera a los pobladores de las ciudades fronterizas, por lo que urge la eliminación de los mismos, por lo menos, en los países del Mercosur”, señaló.

Además, Cantero resaltó la importancia de la comunicación en las diversas actividades cotidianas, sean públicas o privadas, para la concreción de negocios, conexión entre personas que se encuentran en distintos países, a través de mensajes, llamadas y/o navegación en internet, por lo que es una normativa loable y merecedora del visto bueno.

¿Sobre qué trata el proyecto?

Este acuerdo tiene por objetivo establecer pautas para el servicio de itinerancia internacional (Roaming) entre proveedores de telecomunicaciones que prestan servicios de telefonía móvil, mensajería y datos móviles, en los Estados parte del bloque regional.

Dispone que dichos proveedores deberán aplicar a los usuarios que utilicen el servicio de itinerancia internacional, en territorio de otro Estado parte, los mismos precios que cobran en su propio país, conforme a la modalidad y plan contratado.

Además, el documento señala que deberá existir razonabilidad en la relación entre los precios cobrados al usuario y los precios de los acuerdos entre los proveedores de telecomunicaciones, de manera que resulten convenientes tanto para los usuarios como para los proveedores.

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