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29 de abril de 2024

Más de 5.000 empresas se formalizaron y 36.248 trabajadores accedieron a permisos para vacunación, en el 2021

En lo que va de este mes, 176 nuevas empresas se inscribieron en la Dirección de Registro Obrero, mientras que los trabajadores que solicitaron permiso lo hicieron para vacunarse contra el COVID-19 o acompañar al padre, la madre o algún familiar adulto mayor.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) comunicó que unas 176 nuevas empresas se inscribieron entre el 11 y el 15 de octubre del corriente año en la Dirección de Registro Obrero.

Según detallaron, estas empresas emplean a 131 trabajadores, de los cuales 84 son hombres y 47 son mujeres. Además, resaltaron que en los primeros diez meses del 2021 (desde el 1 de enero hasta el 15 octubre) se registraron 5.312 empresas, que emplean a 15.206 personas: 9.421 hombres y 5.965 mujeres. 

“Estas nuevas empresas cumplieron de esta forma con la obligación legal de registrarse en el Ministerio de Trabajo e ingresan en la nómina de firmas formalizadas, es decir, presentan en tiempo y forma las planillas de salarios de los trabajadores, horas extras, trabajos nocturnos, entre otros”, informaron desde el Ministerio de Trabajo.

Asimismo, señalaron que de acuerdo al Decreto 8304, artículo N° 3, todos los empleadores deben inscribirse en la Dirección de Registro Obrero Patronal del Ministerio de Trabajo en un plazo máximo de sesenta días desde el inicio de la relación laboral. En el caso de que los empleadores habiliten sucursales, se deberá inscribir a cada una de ellas.

Permisos laborales para vacunación 

Por otro lado, un total de 36.248 trabajadores ya solicitaron permiso para vacunarse contra el COVID-19 o para acompañamiento de padre, madre o familiar adulto mayor hasta los puestos de vacunación, según informó el MTESS.

Los picos más altos de solicitud y concesión de permisos se dieron en julio y agosto, meses en que el Ministerio de Salud liberó la aplicación de vacunas para las personas de 20 años en adelante, tras recibir una importante donación de dosis por parte de Estados Unidos. 

Cabe señalar que hasta ayer sumaban 2.830.409 las personas que ya habían recibido al menos una dosis contra el COVID-19, según los datos del Ministerio de Salud. 

La cartera de Trabajo, por resolución Nº 623/2021, dispuso que los trabajadores podrán utilizar la licencia establecida en el Art. 62 del Código Laboral que establece un permiso especial a trabajadores cuando deben cumplir obligaciones personales dispuestas por leyes o disposiciones gubernativas, y la consecuente obligación del empleador de otorgar dicha licencia y comunicar al Ministerio de Trabajo.

En esta línea, el citado ministerio recuerda que el permiso deberá ser solicitado y otorgado por escrito, así como comunicado a la Dirección del Registro Obrero Patronal del Ministerio de Trabajo en un plazo de treinta días hábiles. 

En caso de incumplimiento por parte del empleador, del otorgamiento de la licencia remunerada, el trabajador podrá denunciar ante la Dirección de Trabajo del MTESS y será pasible de una multa de entre diez a treinta jornales, conforme al Art. 385 del Código Laboral.

Agentes de seguridad ocupacional

La institución también informó que ya son 8.645 trabajadores designados para cumplir el rol de Agentes de Salud y Seguridad Ocupacional. Las inscripciones fueron realizadas a través de la plataforma electrónica del Registro Obrero Patronal (REOP) . 

Estos trabajadores son los encargados de velar por el cumplimiento de las normas internas y protocolos de seguridad ocupacional, con miras a evitar la propagación del COVID-19 en los ambientes laborales y actividades sociales.

Proceso de inscripción en la Dirección de Registro Obrero Patronal

Algunos de los requisitos para la inscripción de patronales unipersonales (personas físicas) son: Formulario de inscripción patronal firmado por el propietario, fotocopia de cédula de identidad del propietario, constancia de inscripción del empleador en el Instituto de Previsión Social (IPS). 

Así también, deben presentar la constancia y cédula del Registro Único del Contribuyente (RUC), la lista del personal con N° de cédula de identidad en hoja firmada por el propietario; si el propietario o los empleados son extranjeros, deben además presentar: fotocopia de cédula de identidad paraguaya o carnet de Migraciones.

En lo que respecta a los requisitos para la inscripción de patronales de sociedades (personas jurídicas), deben presentar el formulario de Inscripción patronal firmado por las personas autorizadas en su escritura o estatuto, según artículo de la Dirección y Administración de la Sociedad y uso de la firma social.

Asimismo, fotocopias de cédulas de identidad de todos los directivos titulares y de representantes legales (actualizadas), la constancia de Inscripción del Empleador en IPS, y la constancia y cédula del RUC.

Además, debe constar la lista de personal con N° de cédula de identidad en hoja firmada por el propietario, fotocopia de escritura de constitución de sociedad o estatuto social, con sello del Registro Público; también el acta de última asamblea, donde figura el Directorio actual, -si tiene representante legal, presentar poder que lo acredite, inscripto en el Registro Público de Comercio – sección Poderes-.

Para el caso de inscripciones de Centros Educacionales, Empresas de Seguridad, Radioemisoras y otras que quieran autorización para su funcionamiento, deberán presentar la habilitación correspondiente. (Las fotocopias deben estar autenticadas por escribanía).