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19 de mayo de 2024

Senado permite deducción del IVA a canasta familiar y medicamentos

Este jueves, la Cámara Alta sancionó la ley que modifica los artículos 88 y 89 de la Ley N° 6.380/2019 De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario.

Se aprobó la versión de Diputados, que establece que los gastos de alimentación, aseo personal, mantenimiento del hogar, medicamentos para uso del contribuyente y su familia sean deducibles del IVA en un 100% para quienes presten servicios personales y profesionales.

Por medio de la votación nominal, quedó sancionado el documento con la versión de la Cámara de Diputados y ahora el proyecto se remite al Poder Ejecutivo. 

La normativa, presentada por el legislador Hugo Ramírez (ANR-Capital), busca que los contribuyentes del IVA Crédito de los Servicios Personales y Profesionales puedan introducir, en sus respectivas liquidaciones, facturas referentes a rubros de  alimentación, aseo personal, mantenimiento del hogar, medicamentos del contribuyente para su uso y el de su familia, entre otros.

Recordemos que el proyecto original (Diputados) plantea el 100% de la deducibilidad del IVA (Impuesto al Valor Agregado) en las compras en supermercados, lo que beneficiaría a unas 600.000 personas según la Cámara Baja, permitiéndoles invertir ese dinero en ahorros o inversiones; mientras que las modificaciones de la Cámara de Senadores topeaban esa deducibilidad al 30%.

Por aceptar la ratificación de la Cámara de Diputados, el senador Stephan Rasmussen, del Partido Patria Querida, manifestó que lo que plantea la Cámara Baja es que se pueda compensar igualmente el 100% del crédito fiscal de los egresos que presta el prestador de servicios. 

“Se está haciendo referencia a los profesionales que facturan con IVA, y como bien dice el Ministerio de Hacienda, finalmente el que paga el impuesto es el consumidor, y el prestador del servicio también paga el impuesto cuando consume, y como está la ley ahora, hay una imposición”, comentó. 

Por su parte, el senador Pedro Santacruz, por la ratificación del Senado, dijo que el presente proyecto ya fue largamente discutido y considera que otorgar la posibilidad de la deducción del 30% ya constituirá una ayuda importante a los profesionales independientes. 

“Así no afectará mucho a la recaudación del impuesto. Es importante recordar que el IVA es nuestro principal impuesto y representa cerca de G. 2.000 millones de nuestras recaudaciones, equivalente a más de la mitad de los ingresos tributarios que financia el presupuesto público”, comentó.

Cabe recordar también que el Ministerio de Hacienda realizó una contrapropuesta alternativa al Congreso Nacional para que el Impuesto al Valor Agregado (IVA) se aplique con un tope del 20% a las deducciones de gastos en alimentos, con la finalidad de reducir el impacto en las recaudaciones impositivas.

“En este proyecto de Ley (el del Congreso), que prácticamente permite deducir el 100% de los gastos de una persona, vemos que con la redacción propuesta puede tener un impacto muy importante en la recaudación del Fisco, por un lado, y por el otro puede generar inequidades al interior del sistema tributario”, había dicho el ministro de Hacienda, Óscar Llamosas.

En este contexto y respecto al tema de inequidad, Llamosas precisó que una persona física contribuyente del IVA sí podrá deducir sus gastos, mientras que aquella que es asalariada, y que no aporta al IVA, no tendrá esa posibilidad.

Finalmente, cabe resaltar que la Cámara Paraguaya de Supermercados (Capasu) expresó su apoyo al proyecto de ley y sostienen que impulsará la compra en la formalidad a través del incentivo de que miles y miles de profesionales independientes puedan deducir el IVA y migrar sus compras a la formalidad. Este es el camino para ampliar la formalidad, destacaron en un comunicado. 

“Este incentivo a comprar formal generará un círculo virtuoso de gana-ganar para el Estado, la ciudadanía y las empresas formales”, agrega el mensaje gremial.

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