En sesión extraordinaria del Senado, desarrollada el martes 21 de mayo, fue rechazado el proyecto de Ley “Que modifica los artículos 2°, 5°, 6°, 12, 15,16, 18, 20, 21, 22, 23, 26 y 28 de la Ley N° 5452/2015 ‘Que regula los Fondos Patrimoniales de Inversión”, presentado por el entonces diputado Walter Harms (+).
Durante el tratamiento de la iniciativa, el senador Derlis Maidana, presidente de la Comisión de Legislación de la Cámara Alta, explicó que el proyecto pretende enmendar ciertas condiciones de funcionamiento de los Fondos Patrimoniales, alterar lo respectivo a la cantidad de partícipes, posibilidad de inversiones del fondo, mayorías en las asambleas, porcentaje de control de fondos, facilidad de transferencias de las cuotas y dándole también a la Superintendencia de Valores mayores facultades normativas.
En ese sentido, sostuvo ante el Pleno que aconsejan el rechazo debido a la reunión que mantuvieron con Joshua Abreu, superintendente de Valores del Banco Central del Paraguay, quien manifestó en la reunión de la Comisión que el gobierno se encuentra trabajando en una modificación integral del sistema para dentro de ello enmendar también la Ley que regula los Fondos Patrimoniales de Inversión.
En la misma línea, también dictaminó la Comisión de Economía, presidida por el senador Carlos Núñez. De esta manera, el proyecto fue remitido nuevamente a la Cámara de Diputados para su tratamiento.
AJUSTES QUE PLANTEA EL PROYECTO DE LEY
Según la exposición de motivos del documento, los fondos patrimoniales de inversión son aquellos que se forman con recursos monetarios de personas físicas o jurídicas y que son captados por sociedades especializadas exclusivamente en la administración de los mismos, para ser invertidos por cuenta y riesgo de los partícipes, aportantes o cuotapartistas.
Afirman que en nuestro país va en auge y en constante aumento la cantidad de personas que ven a los fondos patrimoniales de inversión como un mecanismo de negocio y/o alternativa a los depósitos en entidades financieras, por lo que, consecuentemente, urge establecer medidas que acompañen a desarrollar los fondos patrimoniales de inversión.
En el documento se asegura que las modificaciones están basadas en las propuestas que han sido presentadas por sectores afectados. “Estas consisten básicamente en ampliar las posibilidades de intervención de las sociedades administradoras de fondos en distintos sectores, facultando a realizar actividades que inicialmente no fueron previstas, pero que hoy se estiman necesarias”, detallan.