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5 de mayo de 2024

MIC aprobó proyectos de inversión extranjera directa por USD 11,64 millones

Bajo la ley 60/90, el Ministerio de Industria y Comercio aprobó 11 proyectos de inversión en marzo, donde se destacan las actividades de fabricación de productos farmacéuticos, de bolsas y telas de polipropileno, producción de fertilizantes, entre otras inversiones.

A través del Consejo Nacional de  Inversiones, el Ministerio de Industria y Comercio aprobó en marzo de este año 11 solicitudes de beneficios de la Ley Nº 60/90 “Régimen de Incentivos Fiscales a la Inversión de Capital de Origen Nacional y Extranjero”, por valor de USD 11,64 millones, resultado de la promoción a la inversión tanto nacional como extranjera y de un sistema económico basado en el libre comercio.

Cabe resaltar que los proyectos aprobados permitirán la creación de 113 puestos de trabajo en forma directa, provenientes en su mayoría de inversión extranjera, destacando las inversiones originarias de Panamá, Argentina, Italia, España, Escocia y Uruguay. 

A su vez, cinco departamentos del país serán beneficiados con dichas inversiones, que son:  Central, Itapuá, Alto Paraná, Cordillera, y la Capital del País.

Así también, nueve de los 11 proyectos aprobados corresponden al sector industrial con una inversión total de USD 11,03 millones, entre los cuáles se sobresalen las actividades de fabricación de productos farmacéuticos, de bolsas y telas de polipropileno, producción de fertilizantes, entre otros. También, fueron aprobados proyectos del sector agropecuario, y de minas y canteras.

Beneficios fiscales

Unos de los principales beneficios fiscales concedidos al amparo de la Ley Nº 60/90 son los destinados para la exoneración de Gravamen aduanero e IVA para la importación de maquinarias y equipos. 

Asimismo, los bienes de capital de producción nacional también están alcanzados por la Ley N°60/90, con la exoneración del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por la compra local de maquinarias y equipos fabricados en el país.

Cuando la inversión es superior a USD 5 millones, cuenta con los siguientes beneficios: Exoneración total de los impuestos que inciden sobre los dividendos y utilidades provenientes de los proyectos aprobados, por el término de hasta diez (10) años, contados a partir de la puesta en marcha del proyecto.

En caso de que el monto de la financiación proviene del extranjero quedará exonerado el pago de los tributos que gravan a las remesas y pagos al exterior en concepto de intereses, comisiones y capital de los mismos, por el plazo pactado.

Desde el ministerio recordaron que el objeto de esta Ley es promover e incrementar las inversiones de capital de origen nacional y/o extranjero. A ese efecto, se otorgan beneficios de carácter fiscal a las personas físicas y jurídicas radicadas en el país, cuyas inversiones se realicen en concordancia con la política económica y social del país.

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