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26 de abril de 2024

No avanzaría en Senado el proyecto que pretende suspender el IVA a servicios digitales

La Comisión de Hacienda y Presupuesto de la Cámara Alta dictaminó a favor del rechazo de la iniciativa. Viceministro de la SET asegura que los inconvenientes que se registraron fueron ínfimos y que en caso de que avance el proyecto, se perjudicaría a los ingresos del Estado.

Al parecer no avanzará el Proyecto de Ley que pretende suspender temporalmente el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los servicios digitales, presentado la semana pasada en la Cámara Alta por los senadores de Patria Querida Georgia Arrúa, Stephan Rasmussen y Fidel Zavala.

En la fecha, los miembros de la Comisión de Hacienda y Presupuesto de la Cámara de Senadores, tras un largo debate, votaron por el rechazo de la iniciativa. No obstante, las comisiones de Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo, y la de Cuentas y Control de la Administración Financiera del Estado, aún no han emitido un dictamen al respecto. 

El citado proyecto será analizado este jueves en la sesión ordinaria de la Cámara Alta, pero con el rechazo de la comisión de Hacienda será muy difícil que avance la iniciativa legislativa.

Argumento del documento

Durante la reunión de la citada mesa legislativa, el proyectista, senador Stephan Rasmussen, explicó que la propuesta surgió del reclamo de la ciudadanía, al encontrar varios puntos que se ejecutaron de manera incorrecta, como el caso de doble tributación -es decir, el cobro del mismo impuesto dos veces por el mismo hecho imponible, además de cobros realizados de manera retroactiva, generando perjuicio económico en los contribuyentes-.

El legislador manifestó que los proyectistas encuentran una incorrecta aplicación del IVA a los Servicios Digitales y que, en su contexto, han afectado inclusive al objetivo mismo de su existencia.

Por su parte, el viceministro de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), Óscar Orué, aclaró que no existe falta de claridad alguna en la normativa y que la propia ley habla respecto a cuándo se considera servicios digitales y cuáles son las variables y las condiciones que se deben tener en cuenta para el cobro del IVA en este sentido. 

No obstante, reconoció que existió un problema en la implementación de parte de las operadoras de tarjetas de crédito, ya que algunas no pudieron discriminar correctamente los códigos MCC, que son códigos que se utilizan a nivel internacional en las tarjetas de crédito. 

«Uno compra por ejemplo un servicio digital y en ese servicio digital también puede comprar un bien, entonces cobraban erróneamente cuando se importaba un producto porque ese producto sí paga impuesto al momento de despachar en la Aduana”, comentó Orué. 

Por otra parte, manifestó que el problema con los servicios digitales es que las empresas que prestan esos servicios no están asentadas en el país y, por lo tanto, ese dinero que paga el usuario sale fuera de la economía paraguaya. 

Sin embargo, el subsecretario aseguró que no se registraron muchas quejas y que, además, lo que se busca es cobrar a aquellos que tienen mayores capacidades contributivas. 

“Hoy, de una población económica activa de 3.500.000 personas, estamos hablando de un universo de 350.000 personas que tienen tarjetas de crédito y que compran a través de servicios digitales”, detalló. 

Por último, Orué afirmó que en el caso de que se suspenda la aplicación del IVA a los servicios digitales, va a traer un perjuicio muy grande ya que el Presupuesto General de la Nación está aprobado en base a esa disponibilidad de recurso, y si se deja de recibir ingresos que ya están presupuestados, se perjudicará a algunas entidades.

Iniciativa

La propuesta legislativa pretende suspender temporalmente el IVA que grava aquellos servicios que se ponen a disposición del usuario a través de internet o de cualquier adaptación o aplicación de protocolos, plataformas o de la tecnología utilizada por internet o cualquier otra red.

El documento dice que la falta de una reglamentación clara y precisa por parte del Ejecutivo de los artículos que se encuentran en la Ley N° 6.380 “De Modernización Tributaria”, que hacen referencia al IVA aplicado a los servicios digitales, y la dificultad práctica en la interpretación de las resoluciones generales de la Administración Tributaria, han generado más dudas que certezas al momento de la liquidación y pago del tributo mencionado. 

Cabe recordar que el IVA a los servicios digitales entró a regir a partir de este año y los agentes de retención como los bancos, telefonías y cooperativas realizan la retención del 10% del IVA a los usuarios de plataformas digitales como Netflix, HBO go, Spotify, Amazon Prime, Deezer, entre otros.

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