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3 de mayo de 2024

Se normaliza el horario de atención financiera en Alto Paraná

El BCP dispuso que desde hoy se podrá retornar a la normalidad en los servicios de esta zona, pero con estricto cumplimiento de las medidas de higiene para la prevención del COVID-19

Las dependencias de bancos, financieras, entidades de medio de pago electrónico, casas de cambio, compañías de seguro y casas de crédito ubicadas en el Departamento de Alto Paraná podrán volver a atender al público en horario normal desde hoy, jueves 06 de agosto.

Así dispuso el Banco Central del Paraguay (BCP), a través un comunicado, luego de que el jueves 30 de julio pasado dispusiera el recorte del horario de atención a cuatro horas por día, como parte del retroceso a la fase de mayores restricciones a la movilidad social establecido para el décimo Departamento del país por un periodo inicial de quince días.

No obstante, la banca matriz establece que los establecimientos financieros deberán cumplir estrictamente las medidas sanitarias para la prevención de la propagación del nuevo coronavirus. En este sentido, se mantienen vigentes las indicaciones de comunicar a los clientes y al órgano de supervisión pertinente los horarios de atención en las respectivas oficinas matriz, sucursal o agencia ubicadas en Alto Paraná.

Además, tendrán que arbitrar los mecanismos para garantizar el normal funcionamiento de la cadena de pagos del país, a través del mantenimiento de los servicios financieros esenciales; e implementar la modalidad operativa que considere más eficiente, que estará sujeta a revisión posterior por parte de los respectivos órganos supervisores, agrega el comunicado oficial.

Por otro lado, la banca matriz insta a hacer el “mayor esfuerzo” en promover la utilización de medios telemáticos y digitales en las operaciones, a fin de habilitar la menor cantidad de ventanillas o cajas físicas para la atención presencial.

Habrá que adoptar, también, los máximos recaudos de prevención, distanciamiento y cuidados sanitarios para colaboradores y clientes de las entidades financieras, tanto en sus respectivas oficinas de atención presencial como también en espacios físicos donde operen Cajeros Automáticos (ATM), TAUSERS o cualquier otro medio telemático, según la disposición.

A fin de garantizar el funcionamiento del sistema bancario y financiero, el BCP recuerda que también se consideran actividades imprescindibles a los procesos realizados a través de otras empresas que presten servicios inherentes al giro de apoyo bancario y financiero, y que permitan la continuidad de operaciones y provisión de servicios a través de medios electrónicos.

Aquí se incluye a la atención telefónica al cliente, soporte a la atención digital, entrega de tarjetas que permitan acceso a fondos y toda operación vinculada a la red de Cajeros Automáticos (ATM) y TAUSERS.

“En tal sentido, las personas afectadas por las actividades antedichas estarán exceptuadas de las restricciones de circulación (desplazamiento) establecidas en los artículos 1° y 5° del Decreto N° 3900/2020, debiendo dar estricto cumplimiento a las demás restricciones establecidas por la autoridad competente”, agrega el ente emisor.

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