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13 de mayo de 2024

Tributación: Nuevas disposiciones para residentes extranjeros y suspensión de actividades por no expedir comprobantes

La Administración Tributaria suspendió por tres días las actividades de un local comercial del rubro “Comerciales – Distribuidoras” situado en la ciudad de Ypané, por no emitir factura.

También, emitió una resolución respecto a los Precios de Transferencia y otra que involucra a personas físicas extranjeras con residencia temporal o permanente, quienes tendrán el identificador del RUC conforme al número de la Cédula de Identidad.

La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) informó que procedió a la suspensión temporal por tres días de las actividades de un local comercial del rubro “Comerciales – Distribuidoras” situado en la ciudad de Ypané, del departamento Central.

Según explicaron, dicha suspensión fue solicitada con base en el resultado del procedimiento de “compra simulada”, llevado a cabo por funcionarios del Departamento Jeroviaha, en donde se comprobó que el establecimiento afectado no expedía comprobantes de venta.

La SET resalta que el origen del procedimiento es la denuncia de terceros, donde a través de los medios habilitados, denunciaron la no entrega de comprobantes de venta y la presunta posesión de mercaderías sin el debido respaldo documental.

El local comercial afectado cierra sus puertas al público por tres días, pues el mandamiento judicial emanado del órgano competente faculta al Departamento Jeroviaha, dependiente de la Administración Tributaria, a suspender las actividades comerciales del establecimiento mencionado, habilitando además los días y horas inhábiles para el diligenciamiento de la orden.

Así mismo, a la par de la medida judicial, se inicia una Fiscalización Puntual al contribuyente, notificando la Orden de Fiscalización, a fin de determinar la existencia o no de impuestos dejados de ingresar; teniendo así que, de detectarse inconsistencias, aplica al contribuyente una multa por defraudación.

Guías para registro de familiares a cargo y otros vínculos

Por otro lado, la SET publicó cuáles son las Nuevas Guías Paso a Paso Disponibles para realizar el Registro de Comprobantes – RG N° 90/2021 de Familiares a Cargo y Vínculos Contractuales.

Esta acción, con el objetivo de que el contribuyente pueda obtener e imputar los comprobantes electrónicos y virtuales a nombre de sus familiares a cargo o de otros vínculos contractuales, debe registrar previamente los datos básicos de los mismos en el sistema Marangatu.

La Administración Tributaria pone a disposición de los contribuyentes las siguientes guías paso a paso para facilitar su cumplimiento en www.set.gov.py sección Biblioteca Impositiva/Registro de Comprobantes, o en el siguiente link https://urlis.net/53xnx0gx

Para conocer cómo realizar los trámites tributarios en el Nuevo Marangatu, se encuentran disponibles las Guías Paso a Paso, en la sección “Novedades Nuevo Marangatu” en www.set.gov.py

Según detallaron, en el enlace se podrá ver cómo realizar el registro de familiares a cargo para la posterior obtención de comprobantes virtuales y electrónicos. Así también, cómo obtener comprobantes electrónicos virtuales por compras de familiares a cargo o de vínculos contractuales, además de cómo realizar el registro de relaciones contractuales para la posterior obtención de comprobantes virtuales y electrónicos.

Estudio de Precios de Transferencia

También, el mes pasado la entidad tributaria emitió la Resolución General N° 134/2023 “Por la cual se establece excepcionalmente el mecanismo de presentación del Estudio Técnico de Precios de Transferencia y los documentos probatorios de desvirtuación de la vinculación presuntiva con residentes del extranjero”. 

Esta medida busca que los contribuyentes adecúen sus sistemas informáticos y la SET pueda poner a disposición los aplicativos en el Sistema Marangatu, además de realizar las capacitaciones que considere pertinentes sobre la presentación del mencionado estudio y otros documentos.

En este sentido, se determinó que el plazo de vencimiento para la presentación del Estudio Técnico de Precio Transferencia correspondiente a los ejercicios fiscales 2022 y 2023 de aquellos sujetos obligados cuyos cierres de ejercicios fiscales sean al 31/12/2022, 30/04/2023 y 30/06/2023, se regirá por lo dispuesto en el artículo 9° de la Resolución General N° 115/2022. 

No obstante, en forma excepcional, el medio de presentación de éste será por Mesa de Entrada de la SET en formato digital, en un medio de almacenamiento externo. Además, se aclara que los Estudios de Precios de Transferencia deberán estar debidamente validados con la firma del Profesional Autorizado de Precios de Transferencia, hasta tanto esté disponible en el Sistema «Marangatu» la opción de ratificación del ETPT, que debe realizar el Profesional Autorizado de Precios de Transferencia.

Inscripción del RUC de extranjeros

También en el mes de julio, la SET emitió la Resolución General N° 133/2023 que modifica los artículos 6° y 18 de la Resolución General N° 79/2021 “Por la cual se reglamenta la inscripción en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), la actualización de datos y la cancelación” y se actualizan los anexos 1, 2 y 4 de la misma.

En este sentido, el artículo 1° de la mencionada resolución modifica el artículo 6 de la Resolución General N° 79/2021. De esta forma, las personas físicas extranjeras con residencia temporal o permanente tendrán el identificador del RUC conforme al número de la Cédula de Identidad.

Además, los contribuyentes personas físicas extranjeras que fueron inscriptos con anterioridad en el RUC con el carnet de Migración de Admisión Permanente, y que en su momento no contaban con la Cédula de Identidad Paraguaya, deberán realizar el cambio de identificador del RUC a través del Sistema Marangatú utilizando la clave de acceso.

La normativa además establece que las solicitudes de inscripción al RUC pasarán al estado “Anulado” una vez transcurrido el plazo de 30 días contados a partir del día siguiente en que el interesado o el representante legal fue convocado por la SET, sin que haya acudido a dicha convocatoria.

En los casos de solicitudes de reactivación de RUC cancelado, éstas pasarán al estado “Anulado” una vez transcurrido el plazo de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente del ingreso de la solicitud, en caso de que el interesado o el representante legal no se haya presentado a la SET para finiquitar el trámite.

Quiénes precisen inscribirse al RUC cuyas solicitudes pasaron al estado “Anulado”, podrán reingresar una nueva solicitud en las formas, plazos y condiciones previstos en la Resolución General N°133/2023, sus anexos y modificatorias.