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28 de abril de 2024

Mercado de valores adopta prevención de lavado con enfoque en riesgos

Seprelad emitió una resolución donde se reglamentan las normas dirigidas a la Bolsa de Valores y Productos, casas de bolsa, administradoras de fondos y patrimoniales de inversión, entre otras.

En el mercado de valores paraguayo rige un nuevo mecanismo de prevención del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. Se trata del enfoque de los controles en los riesgos que pueden representar las operaciones y los actores del sistema, de modo a detectar sospechas de casos en los que se pueda incurrir en los delitos mencionados y evitar así que lleguen a concretarse.

La Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad) emitió la Resolución Nº 172/2020 “Por la cual se aprueba el Reglamento de Prevención de Lavado de Activos (LA) y Financiamiento del Terrorismo (FT), basado en un sistema de administración y gestión de riesgos, dirigido a las entidades que integran el mercado de valores sujetas a la supervisión y fiscalización de la Comisión Nacional de Valores (CNV)”.

La normativa se extiende a la Bolsa de Valores y Productos, casas de bolsa, administradoras de fondos, patrimoniales de inversión y otros agentes, según informó la entidad reguladora, en un comunicado. Agrega que entre las reformas se incluyen la actualización del sistema, la implementación del enfoque basado en riesgo y una “plena adopción” de las pautas del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

Esta disposición se adopta a meses de la visita al país de los evaluadores del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT), en el marco de la prueba a la que se someten los mecanismos de prevención para evitar volver a la lista gris de GAFI.

Lea también: Examinan avances en lucha contra el lavado de dinero en Paraguay y Chile.

Seprelad explica que trabajó conjuntamente con CNV para “incorporar íntegramente los lineamientos que permitirán adoptar mejores prácticas reconocidas a nivel nacional e internacional, tendientes a prevenir y evitar la utilización del mercado de valores del Paraguay para la realización de delitos de LA/FT”.

De esta manera, queda abrogada la resolución SEPRELAD Nº 59/08 «Reglamento de Prevención y Represión de Lavado de Dinero o Bienes para Mercado de Valores» y la resolución SEPRELAD Nº 427 /16 «Por la cual se autoriza a los Sujetos Obligados, supervisados por la Comisión Nacional de Valores, implementar estándares mínimos y aplicación de medidas de debida diligencia abreviada para los inversores (personas físicas), en la compra de títulos de valores”.

Días atrás, se aprobó el nuevo Reglamento de Prevención de LA/FT para las entidades cooperativas y se prevé avanzar en el proceso de actualización reglamentaria de casas de cambios y remesadoras.

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