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15 de mayo de 2024

Altas multas y hasta cierre de negocios, entre sanciones por no usar tapabocas

La penalidad va de G. 400.000 a G. 1.600.000 para personas que no porten mascarillas según las indicaciones, y las empresas de transporte se exponen a multas de hasta G. 16 millones. Así dispone la nueva ley.

El Poder Ejecutivo anunció ayer la promulgación de las normativas que establecen el uso obligatorio de tapabocas y modifican el marco legal para la adquisición de vacunas, a nivel nacional. 

De esta manera, tras la aprobación en ambas Cámaras del Congreso, la disposición sobre el uso de mascarillas como medida de prevención de la COVID-19 toma fuerza coercitiva y apunta a enfrentar los desafíos de fin de año y el próximo, en lo que respecta  a la cuestión sanitaria. 

El titular del Poder Ejecutivo, Mario Abdo Benítez, manifestó que con esto se busca tener una herramienta que permita vivir a los ciudadanos con una relativa “normalidad”, ya que el uso de mascarillas servirá para mantener empleos y cierta dinámica económica, haciendo aplicables los protocolos sanitarios. 

En el marco de esta nueva ley, el uso de tapabocas rige a partir de los 10 años de edad en todos los lugares cerrados, públicos o privados, con la excepción de lugares de uso privado donde no exista aglomeración.

Hay ciertos casos en los que se permitirá la circulación sin esta protección; por ejemplo, para las personas que cuenten con un aval médico que indique la contraindicación del uso de tapaboca – que  serán exceptuadas – y las que cuenten con alguna discapacidad física que impida portarlo. También, en el caso de la realización de actividades que sean incompatibles con su uso, por naturaleza. 

El no cumplimiento de esta normativa puede generar sanciones desde G. 400.000 hasta G. 1.600.000 a los particulares. A los propietarios de las líneas de transporte que incumplan con la ley, las multas podrían llegar hasta G. 16.000.000.

Por otro lado, para los locales se puede aplicar el cierre temporal de 10 días y en caso de reincidencia, la clausura definitiva del mismo, advirtió el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS).

El anuncio de la promulgación de la ley de uso obligatorio de mascarillas y la modificación de la ley de vacunas lo realizó el presidente Mario Abdo Benítez, en conferencia de prensa. Foto: Gentileza MSPyBS

Vacunas

También se modifica la ley de vacunas, de modo a  incluir en el Presupuesto General de la Nación (PGN) un Fondo de Emergencia para el Programa Ampliado de Inmunizaciones, equivalente al 15% del presupuesto ordinario del programa.

La nueva disposición permite adquirir vacunas por mecanismos distintos al Fondo Rotatorio de Vacunas de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) en caso de que este organismo no disponga ni oferte la cantidad necesaria para cubrir a la población, o cuando se presenten emergencias sanitarias como pandemias o endemias.

Situación epidemiológica

El presidente de la República anunció en conferencia de prensa que se evaluarán «otras medidas» de combate al coronavirus, en caso de que siga empeorando la situación de la pandemia en el país.

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El MSPyBS registró este martes 22 de diciembre 932 nuevos casos de COVID-19, con los que la cifra total de confirmados ascendió a 101.544 casos. El número de fallecidos se encuentra en 2.120 y hay 823 pacientes internados, de los cuales 182 están en Unidades de Terapia Intensiva (UTI)